STSJ Comunidad Valenciana , 22 de Julio de 2002

PonenteRAFAEL SALVADOR MANZANA LAGUARDA
ECLIES:TSJCV:2002:8229
Número de Recurso1263/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilmos. Sres:

Presidente:

D. MARIANO FERRANDO MARZAL Magistrados:

D. FRANCISCO HERVAS VERCHER D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA SENTENCIA NUMERO 961/02 En la Ciudad de Valencia, a veintidós de Julio de dos mil dos.- VISTO, por la Sección Segunda de este Tribunal, el presente Recurso Contencioso-Administrativo num. 1263/98, promovido por la entidad AUREOVAL SL., contra la Resolución de 25/Febrero/98 del Conseller de Economía y Hacienda, sobre sanción por infracción de la normativa en materia de juego, en el que han sido partes, la actora, representada y defendida por el Letrado D. Juan Luis Marques Romero, y como demandada, la GENERALITAT, a través de sus propios servicios jurídicos; ha pronunciado la presente Sentencia.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el Recurso y seguidos los trámites previstos en la Ley, se emplazó a la parte demandante al objeto de que formalizara su escrito de demanda, lo que verificó en tiempo y forma, solicitando se dictara Sentencia anulando por no ser ajustado a derecho el acto recurrido.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que se solicitó la desestimación del recurso y la confirmación integra de las resoluciones objeto del mismo, por estimarlas ajustadas a derecho.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida, y cumplido dicho trámite se dió traslado a éstas para que formalizaran sus escritos de conclusiones, verificado lo cual quedaron los autos pendientes de deliberación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del presente Recurso el día once de los corrientes.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Es objeto de la presente demanda jurisdiccional la revisión de la legalidad de la Resolución de 25/Febrero/98 del Conseller de Economía y Hacienda, por la que se impone a la entidad recurrente una sanción de multa de 600.000-ptas, por infracción de la normativa en materia de juego, tipificada en los arts. 27 y 28 de la Ley autonómica 4/1988, de 3/Junio, sobre , fuego, y el art. 39.c) del Decreto del Consell num. 76/1993, de 28/Junio.

Los hechos declarados probados en la resolución administrativa consisten en la instalación y explotación, por parte de la recurrente, en el Bar Miguel, sito en Massamagrell, de dos máquinas recreativas tipo B, modelos Cirsa Tutti Frutti y Metrópilis, respectivamente, carentes ambas de la respectiva autorización de instalación.

SEGUNDO

La recurrente impugna la mencionada resolución sancionadora argumentando que la misma trae causa directa de un acto administrativo previo no firme, cual es la resolución de la Conselleria de Economía y Hacienda por la que declaraba la cancelación...

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