STSJ Comunidad Valenciana , 25 de Julio de 2002

PonenteFRANCISCO HERVAS VERCHER
ECLIES:TSJCV:2002:8309
Número de Recurso2225/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n° 2225/98 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Segunda SENTENCIA n° 984/02 Iltmos. Srs. PRESIDENTE D. Mariano Ferrando Marzal MAGISTRADOS:

D. José Martínez Arenas Santos D. Francisco Hervás Vercher En la ciudad de Valencia a veinticinco de julio de dos mil dos. VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) los autos n° 2225/98, seguidos entre partes, de la una y como demandante, Gestión del Suelo de Alicante, SA., representada por la Procuradora Dª Elena Gil Bayo; y de la otra, como Administración demandada, la Administración del Estado, representada y dirigida por el Abogado del Estado, y como codemandados la Compañía de Jesús (ARASI), representada por el Procurador D. Juan Antonio Ruiz Martín y dirigida por el Letrado D. Juan Serrano López, y la Cooperativa de Viviendas Montañeta de Nazaret, representada y dirigida por la Letrada Dª. Inmaculada Verdú Martínez, recurso interpuesto por Gestión del Suelo de Alicante, SA. contra el acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Alicante de 2 de julio de 1998 por el que se justiprecia dos parcelas sitas en Alicante y propiedad de la Cooperativa de Viviendas Montañeta de Nazaret y la Institución Nazaret de la Compañía de Jesús y afectadas por las obras PAU 2.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La indicada Procuradora, actuando en nombre y representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso el presente recurso contencioso administrativo contra el acto administrativo ya reseñado.

Segundo

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

Tercero

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en los autos, finalmente se señaló el día 18 de julio de 2002 para votación y fallo, diligencia que ha tenido lugar en la fecha fijada.

Cuarto

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

Siendo ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don Francisco Hervás Vercher.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso contencioso administrativo se ha interpuesto por Gestión del Suelo de Alicante, SA contra el acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Alicante de 2 de julio de 1998 por el que se justiprecia dos parcelas sitas en Alicante y propiedad de la Cooperativa de viviendas Montañeta de Nazaret y la Institución Nazaret de la Compañía de Jesús y afectadas por las obras PAU 2.

Segundo

El primer motivo de impugnación que plantea la parte recurrente es la falta de motivación del acuerdo del Jurado.

La doctrina jurisprudencial -Sentencias, entre otras, del Tribunal Supremo de fechas 27 diciembre 1984, 20 diciembre 1984, 29 octubre 1983, 8 marzo 1982, 4 de junio de 1991, 9 de junio y 24 de noviembre de 1992, 20 de octubre de 1993, 9 de mayo de 1994, 26 de marzo y 8 de noviembre de 1995- es unánime en el sentido de que basta con que el Jurado funde mínimamente su tasación sin que sea preciso un detallado o pormenorizado razonamiento, para entenderse cumplido el mandato del artículo 35.1 de la Ley de Expropiación Forzosa ("La resolución del Jurado de expropiación habrá de ser necesariamente motivada, razonándose los criterios de valoración seguidos por el mismo en relación con lo dispuesto en esta ley"), motivación que no tiene porqué ser exhaustiva, bastando la mención genérica de los elementos o factores comprendidos en la estimación. Y de ello concluye, como expresan la Sentencias de 2 de mayo de 1995 y 14 de febrero de 1995, que no...

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