STSJ Aragón , 28 de Febrero de 2005

PonenteJAIME SERVERA GARCIAS
ECLIES:TSJAR:2005:470
Número de Recurso61/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso Nº 61 del año 2003 SENTENCIA Nº 179 DE 2005 Ilmos. Srs. Presidente D. Jaime Servera Garcías Magistrados D. Eugenio Esteras Iguacel D. Fernando García Mata Zaragoza, veintiocho de febrero de dos mil cinco.

En nombre de S. M. el Rey. Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sección Segunda, el recurso número 61/2003, seguido entre partes, como demandante, JULIA ESPAÑA PARFUMS, S.A., representada por el Procurador, D. Fernando Peiré Aguirre y defendida por la Letrado, Dña. Begoña Lloret Playán; como demandada la Administración Estatal, representada y defendida por el Abogado del Estado.

Es objeto de impugnación la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Aragón, de 25 de septiembre de 2002, que desestima la reclamación 50/233/01, contra liquidación por el IVA, periodo cuarto trimestre de 1998.

Procedimiento: Ordinario Cuantía: 291.903,96 Ponente: Iltmo. Sr. D. Jaime Servera Garcías.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado con fecha 14 de febrero de 2003, la parte actora dedujo el presente recurso contencioso-administrativo contra la indicada resolución.

SEGUNDO

Previa la interposición del recurso, publicación de su incoación y aportación del expediente administrativo, la parte actora formuló demanda en súplica de que se dicte sentencia que estimando el recurso, declare la nulidad de pleno derecho de las actuaciones de comprobación e inspección y posterior acto administrativo de liquidación confirmadas por el Tribunal Económico, así como la resolución de este último, por no ser ajustados a Derecho.

TERCERO

La Administración demandada, en su contestación a la demanda, suplicó la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba, se practicó la propuesta que se declaró pertinente, con el resultado que consta en autos.

QUINTO

Finado el periodo probatorio, las partes evacuaron el traslado para conclusiones sucintas por escrito, señalándose para votación y fallo del recurso el día 23 de los corrientes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la referida resolución del Tribunal Económico, que vino a confirmar la liquidación que por el Impuesto y periodo de referencia practicó a la Sociedad demandante la Dependencia de Inspección de la Agencia Tributaria, en Huesca, con fecha 19 de marzo de 2001, estableciendo una deuda tributaria de 4.975.601 Ptas (4.430.201 Ptas de cuota y 545.400 Ptas de intereses de demora), por falta de declaración del IVA repercutido, por importe de 4.430.201 Ptas en la factura 1/98, de 31 de diciembre de 1998, librada por la actora a Julia Aragón, Sociedad Limitada, por el suministro de determinados productos que se hacían figurar en la misma, deduce este contencioso en el que, reiterando su alegación ante aquel Tribunal, insiste en que la referida fractura fue anulada en el primer trimestre de 1999 mediante la emisión de nueva fractura, la A2/99, de fecha 20 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR