STSJ Aragón , 8 de Junio de 2005

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2005:1501
Número de Recurso295/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 295/2005 Sentencia número: 484/2005 E MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT En Zaragoza, a ocho de junio de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 295 de 2005 (Autos núm.500/2004), interpuesto por la parte demandada UNIÓN MUSEBA IBESVICO, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Zaragoza, de fecha 13 de diciembre de 2004 , siendo demandante Dª Constanza e hija Dª Elvira y codemandados INSS y D. Carlos José sobre determinación de contingencia. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Constanza e hija, contra UNIÓN MUSEBA IBESVICO, INSS y D. Carlos José , sobre determinación de contingencia; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 1 de Zaragoza, de fecha 13 de diciembre de 2004 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda interpuesta por Dña. Constanza , que actúa en su propio nombre y derecho y en el de su hija menor Dña. Elvira , contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES UNIÓN MUSEBA IBEVISCO, y frente a la empresa D. Carlos José , y debo declarar y declaro el fallecimiento de D. Victor Manuel ocurrido el día 4 de septiembre de 2003 fue derivado de accidente de trabajo, condenando a los referidos demandados a estar y pasar por tal declaración."

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1°.- D. Victor Manuel , nacido el 2.06.1970, y domiciliado en la localidad del El Temple (Huesca)

venía prestando servicios para la empresa demandada D. Carlos José , dedicada a la actividad económica de transporte de áridos, y domiciliada en C/ Molino Las Armas de Zaragoza, con antigüedad de 29.08.2003, con la categoría profesional de conductor. Su horario de trabajo habitual era de 8:00 a 18:00 horas, aproximadamente, parando a comer de 13:00 a 15:00 horas, realizando las comidas en distintos lugares de Zaragoza.

  1. - El citado trabajador formaba pareja de hecho junto con la demandante Dña. Constanza , y de cuya unión nació, el día 29.08.2003, la hija común de ambos, Elvira .

  2. - Con motivo del nacimiento de su hija, el Sr. Victor Manuel disfrutó de un permiso los días 29, 30 y 31 de agosto de 2003. Disfrutó asimismo de dos días de vacaciones, el 1 y el 2 de septiembre de 2003.

  3. - En la empresa demandada, y dados los trabajos a realizar, en los días en que se producen fuertes lluvias, los trabajadores no llevan a cabo tareas de conducción de camiones.

  4. - D. Victor Manuel se incorporó al trabajo el día 3 de septiembre de 2003, sobre las 8:00 horas, realizando tareas relacionadas con la revisión de los vehículos de la empresa. Acudió a Montañana, en donde se tenía que llevar a cabo la revisión del tacógrafo, y regresó a las dependencias de la empresa sobre las 18:00 horas.

  5. - Al día siguiente, 4.09.2003, nuevamente acudió el Sr. Victor Manuel , sobre las 8:00 horas, a la empresa, y nuevamente se le indicaron tareas relativas a la revisión de los vehículos, dado que se estaban produciendo lluvias intensas. Llevó el camión a la ITV, y a su regreso a las dependencias de la empresa, sobre las 12:30 o 13:00 horas, el empresario le indicó que podía marcharse a casa dado que estaba lloviendo y no iban a realizar trabajos de conducción.

  6. - El trabajador avisó a la actora que acudía a casa a comer, puesto que a la tarde no tendría que trabajar, por las lluvias. Cogió su vehículo Seat Toledo matrícula .... GNV , y se dispuso a regresar a su domicilio en el Temple. Sobre las 14:00 horas, cuando se hallaba circulando por la carretera N- 300 (Murcia-Francia, por Zaragoza), a la altura del pk 526,800, sentido Huesca, perdió el control del vehículo, yendo a colisionar con una furgoneta (Mercedes Sprinter .... QFL) que se hallaba detenida en el arcén derecho de la calzada, y con la valla de protección. A consecuencia de dicho accidente, D. Victor Manuel falleció.

  7. - La referida empresa de D. Carlos José tiene concertadas las contingencias profesionales de sus trabajadores con la Mutua codemandada Unión Museba Ibevisco desde el día 1.09.1999, y a partir del 1.01.2002, también tiene concertada con dicha Mutua las contingencias comunes. La empresa se...

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