STSJ Aragón 2148, 24 de Octubre de 2005

PonenteJAIME SERVERA GARCIAS
ECLIES:TSJAR:2005:2148
Número de Recurso357/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución2148
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso Nº 357 del año 2004 SENTENCIA Nº 675 DE 2005 Ilmos. Srs.:

Presidente D. Jaime Servera Garcías Magistrados D. Eugenio Esteras Iguacel D. Fernando García Mata Zaragoza, veinticuatro de octubre de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey. Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sección Segunda, el recurso número 357/2004, seguido entre partes, como demandante, D. Jesús Manuel , representado por el Procurador, D. Marcial José Bibián Fierro y defendido por el Letrado, D. Hipólito J. Gómez Muñoz; como demandada la Administración Estatal, representada y defendida por el Abogado del Estado.

Es objeto de impugnación la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Aragón, de 29 de abril de 2004, que estima en parte las reclamaciones acumuladas de 50/3031/02 y 50/3612/02, contra liquidación y acuerdo sancionador en el IRPF, periodo 2000.

Procedimiento: Ordinario Cuantía: 14.399,97 Ponente: Ilmo. Sr. D. Jaime Servera Garcías.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado con fecha 29 de julio de 2004, la parte actora dedujo el presente recurso contencioso-administrativo contra la indicada resolución.

SEGUNDO

Previa la interposición del recurso y aportación del expediente administrativo, la parte actora formuló demanda en súplica de que se dicte sentencia que anule la resolución impugnada y la liquidación provisional confirmada por la misma, con imposición de costas a la Administración demandada.

TERCERO

La Administración demandada, en su contestación a la demanda, suplicó la desestimación del recurso.

CUARTO

Sin haber lugar a recibir el proceso a prueba las partes evacuaron el traslado para conclusiones sucintas por escrito, señalándose para votación y fallo del recurso el día 19 de los corrientes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la indicada resolución del Tribunal Económico, que estima la segunda de las expresadas reclamaciones económico-administrativas acumuladas dejando sin efecto el acuerdo sancionador impugnado, manteniendo en cambio la liquidación de cuota e intereses en relación con el Impuesto y periodo de referencia, girada al demandante, deduce éste el presente recurso contencioso-administrativo en el que reitera su pretensión de anulación de la referida liquidación, por entender que los rendimientos provenientes de la transmisión de determinado inmueble en la Urbanización Montecanal de Zaragoza, no eran propios de actividad económica, sino que, a efectos del IRPF, debían recibir el tratamiento de ganancias o...

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