STSJ Aragón , 31 de Octubre de 2005

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2005:1765
Número de Recurso789/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número 789/2005 Sentencia número 913/2005 E MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT En Zaragoza, a treinta y uno de octubre de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el recurso de suplicación núm. 789 de 2005 (autos núm. 17/2005), interpuesto por la parte demandante D. Fernando , siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Zaragoza, de fecha 22 de junio de 2005 , sobre Incapacidad Permanente Total. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Fernando contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre Incapacidad Permanente Total, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza, de fecha 22 de junio de 2005 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

Desestimo la pretensión de la demanda interpuesta por Fernando y absuelvo al demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de la pretensión que aquella contiene.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1º.- Por resolución del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de 23/05/2003 el demandante Fernando , nacido el 19/02/1951, fue declarado en situación de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual de Oficial la Albañil, derivada de enfermedad común, con derecho a percibir la prestación del 55% de la base reguladora de 1.156,25 euros, por presentar el cuadro clínico residual siguiente: "Lumbociatalgia izquierda por espondilodiscoartrosis L4-L5 y L5-SI con protrusión anular degenera ti va que estenosa el agujero de conjunción L4-L5 izquierdo" y las limitaciones orgánicas y funcionales: "Lumbociatalgia izda. intensa mecánica. Lasegue izdo. (+). Marcha de puntillas no posible".

  1. - Iniciado expediente de revisión del grado de incapacidad, se emitió informe por el Equipo de Valoración de Incapacidades el 06/10/2004 que determinó como cuadro clínico residual y lesiones orgánicas y funcionales las siguientes: "Protrusión discal degenerativa L4-L5 que estenosa agujero de conjunción izdo.

    intervenido en julio de 2003 con correcto recalibraje lumbar sin recidiva discal. Signos en resonancia magnética nuclear de fibrosis peridural L5 bilateral. Espondiloartrosis. Baja calidad de sueño en PSG. Refiere polialtralgias de extremidades y paravertebrales en relación con patología crónica del sueño.

    Flexoextensión lumbar conservada. Ausencia de signos radiculares agudos (se han resuelto los síntomas ciáticos tras intervención quirúrgica). Deambulación: normal, incluida marcha de talones y puntas", proponiendo la declaración de apto para el trabajo. Dictándose resolución por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL el 22/11/2004 que declaró que el demandante no se encuentra afecto de incapacidad permanente en ninguno de sus grados y apto para el trabajo, declarando extinguida la situación de incapacidad permanente con efectos de 30/10/2004.

  2. - Contra dicha resolución el demandante interpuso reclamación previa que...

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