STSJ Murcia , 12 de Noviembre de 2001

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2001:3056
Número de Recurso952/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Social

5 TRIB.SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA Nº: 1633/2001 ROLLO Nº: RSU 952/2001 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En MURCIA, a doce de noviembre del dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA y D. MANUEL RODRIGUEZ GOMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Fernando , contra la sentencia del JDO DE LO SOCIAL N. 1 de MURCIA de fecha 30 de mayo del 2001, dictada en proceso número 188/2001, sobre ACCIDENTE, y entablado por D. Fernando frente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA IBERMUTUAMUR, CONSTRUCCIONES MULCON, S.L..

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRIGUEZ GOMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1.- El actor D. Fernando , nacido el 17 de diciembre de 1945, ha sido alta en Régimen de Seguridad Social general, por tareas de albañil-oficial primera. Al actor previamente se le reconoció una lesión permanente no invalidante, baremo 110. 2.- El trabajador sufrió accidente de trabajo el día 6 de junio de 1996 cuando trabajaba para la empresa construcciones Mulcon S.L. quien tiene el riesgo por accidente concertado con la Mutua Ibermutuamur, el reconocimiento del EVI tuvo lugar el 30 de octubre de 2000 y la propuesta del INSS es de fecha 2 de noviembre de 2000. 3.- El I.N.S.S ha declarado la inexistencia de incapacidad permanente. 4.- Deduce el interesado la demanda para que se le declare en situación de Invalidez Permanente Total para su trabajo habitual. 5.- La base reguladora es de 1.462.309 ptas. año. 6.- Presenta: condromalacia a nivel femoro-patelar, hernia discal L4-L5 y L5-S1 intervenido en junio de 2000, síndrome de compresión de cauda equina, claudicación a la marcha por déficit de flexión dorsal de pie derecho, mayor del 50%, atrofia muscular en miembro inferior derecho y disminución de la sensibilidad plantar del pie derecho, diabetes mellitus no insulina dependiente.

7.- Se interpuso reclamación previa."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por D. Fernando contra el INSS, TGSS, IBERTUMUAMUR, CONSTRUCCIONES MULCON S.L., debo absolver y absuelvo a éste de aquella, confirmando lo acordado en vía previa.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. ANTONIO CUADROS CASTAÑO, en representación de la parte demandante, con impugnación de contrario de IBERMUTUAMUR, representada por DOÑA MARIA JOSE IBORRA MORENO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor don Fernando , de 56 años de edad y de profesión habitual albañil-oficial 1ª, presentó demanda, sobre invalidez, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, Ibermutuamur y Construcciones Mulcon, S.L., en reclamación de incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo;...

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