STSJ Castilla y León 1490, 13 de Marzo de 2006

PonenteMARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA
ECLIES:TSJCL:2006:1490
Número de Recurso220/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1490
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 00220/2006 Rec. Núm 220/06 Ilmos. Sres.

Dª. Mª Luisa Segoviano Astaburuaga Presidente D. Emilio Álvarez Anllo D. Rafael A. López Parada En Valladolid a trece de Marzo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm.220 de 2.006, interpuesto por D. Fermín E INSS Y TGSS contra sentencia del Juzgado de lo Social UNO DE PALENCIA (Autos 371/05) de fecha 2 DE NOVIEMBRE DE 2005 dictada en virtud de demanda promovida por D. Fermín contra INSS Y TGSS, sobre INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA, ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. DOÑA Mª Luisa Segoviano Astaburuaga.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 22 de agosto de 2005 se presentó en el Juzgado de lo Social de Palencia Uno demanda formulada por D. Fermín en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

"1°.- El actor D. Fermín , mayor de edad, nacido el 18-2-1950 y con ONI 12.691.990 figura afiliado a a Seguridad SociaL al n° NUM000 en el Régimen General siendo su profesión habitual la de albañil.

  1. ,- En fecha 18-2-2004 inició el Sr. Fermín un proceso de baja laboral por enfermedad común del que fue dado de alta el 19-4-2005 por la Inspección Médica del Sacyl con propuesta de invalidez, indicando como diagnóstico:

    - trastorno de ansiedad generalizada.

    - trastorno somatomorfo.

    - hombro doloroso derecho postraumático.

  2. - Aperturado ante el INSS, Dirección Provincial de Palencia, expediente administrativo para la valoración laboral de o. Fermín , el 9-5-2005 se emitió Informe de Valoración Médica y el 12-5-2005 se emitió dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades.

    3.1.- El INSS por Resolución de 24-5-2005 acordó denegar la prestación por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivos de una incapacidad permanente.

    3.2.- Interpuesta Reclamación Previa por escrito de 15-7-2005 la misma ha sido desestimada por nueva Resolución del INSS de 20-7-2005.

  3. - O. Fermín presenta:

    - trastorno por ansiedad generalizada. - trastorno somatomorfo.

    - cefaleas sin datos de enfermedad neurológica.

  4. - La Base Reguladora de la prestación solicitada asciende a 673,84 euros/brutos/mes dándose aquí por reproducidos las bases de cotización y los períodos obrantes en autos al folio 25.

  5. - Ante este Juzgado de lo Social n° 1 de Palencia se tramitaron autos n° 355/2002 por demanda de o. Fermín frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social y frente a Tesorería General de la Seguridad Social en reclamación de incapacidad permanente.

    6.1.- Tras la celebración del juicio se dictó sentencia el 3- 9-2002 , de la que destacan:

    . Hecho Probado 3°: "D. Fermín presenta un trastorno de angustia con agorafobia estando sometido a tratamiento y consultas periódicas, sin datos de enfermedad neurológica".

    . Fallo: "Que estimando la demanda inicial de estos autos interpuesta por D. Fermín frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL .y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y con revocación expresa de la Resolución dictada por el INSS el 20-3-2002, debo declarar y declaro a D. Fermín afecto de incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común para toda profesión u oficio, con derecho a percibir una prestación económica consistente en el 100% de una base reguladora mensual de 639,66 euros, sin perjuicio de las mejoras y/o revalorizaciones que procedan, y con efectos económicos desde el 7-3-2002, condenando a ambos demandados INSS y TGSS a estar y pasar por tales pronunciamientos y al pago de la prestación indicada dentro de sus respectivas responsabilidades."

    6.2.- Anunciado y formalizado Recurso de Suplicación por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, fue resuelto por sentencia de 13-1-2003 dictada por la Sala de lo Social del TSJ de Castilla y...

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