STSJ Murcia 390, 10 de Abril de 2006

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2006:390
Número de Recurso353/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución390
Fecha de Resolución10 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00404/2006 ROLLO Nº: RSU 0353/06 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a diez de abril de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por doña Paloma , contra la sentencia número 509/05 del Juzgado de lo Social número 3 de Murcia, de fecha 26 de Diciembre de 2.005, dictada en proceso número 712/05 , sobre Seguridad Social, y entablado por doña Paloma frente a Mutua Ibermutuamur, Mancomunidad de Servicios Sociales del Río de Mula, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Servicio Murciano de Salud.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La actora doña Paloma , nacida el día 18 de enero de 1969, está afiliada al Régimen

General de la Seguridad social como consecuencia de los servicios prestados como limpiadora para la Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula, la cual tiene cubiertas las contingencias comunes con Ibermutuamur. La actora causó baja en la empresa por finalización de contrato temporal el día 31-12-03. SEGUNDO.- La actora inició proceso de incapacidad temporal el 7 de octubre de 2.003, como consecuencia de un papiloma en el pie izquierdo, y sometida a reconocimiento médico para la valoración de su estado, tras agotamiento del periodo de incapacidad temporal, con alta emitida por el Servicio Murciano de Salud el 6-4-05, se emitió Informe médico del periodo de incapacidad temporal, con alta emitida por el Servicio Murciano de Salud el 6-4-05, se emitió Informe médico de Síntesis con fecha de 4-5-05, en el que se hacían constar las siguientes dolencias: Intervenida de papiloma plantar pie izquierdo en cuatro ocasiones, la última en enero/05 ha vuelto a recidivar, no está en lista de espera quirúrgica, pendiente de valoración por traumatología por apoyo incorrecto y Tarsalgia (deformidad bilateral de pies). Actualmente no se objetivan limitaciones susceptibles de incapacidad permanente. TERCERO.- Por el Equipo de Valoraciones de Incapacidades se elevó en fecha 12 de mayo de 2005, Propuesta de inexistencia de incapacidad permanente en ninguno de sus grados, que por la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social se elevó a definitiva en Resolución de fecha 16-5-05. CUARTO.- La base reguladora para la prestación de incapacidad temporal asciende a la cantidad de 11,74 /día. QUINTO.- La actora acudió al Servicio de Urgencias del HUVA el 3-8-05 refiriendo dolor costal/axilar izquierdo, presentando tumefacción secundaria a sobrecarga muscular por uso de muletas. Acude nuevamente al servicio de urgencias del mismo hospital el 18-10-05 sendo atendida por el traumatólogo que indica que existe tumefacción en pie izquierdo y tobillo, muy dolorosos a la palpación, diagnosticando probable Síndrome de Sudeck y remitiendo para control por médico de familia y trauma de zona. Según EMG de 20-10-05 la actora presenta Neuropatía de tipo mixto de nervios plantar medial izquierdo y plantar lateral izquierdo en segmento distal a medio pe, de grado moderado, que muestra, en el momento actual, signos discretos de progresión. Reconocida la actora por el médico evaludador se indicó en el Informe médico de síntesis: Pie izquierdo: Vuelve a tener papiloma, lo lleva con pequeño apósito y pequeña venda. No signos inflamatorios. No edema, no alteraciones vasculares. Alteración en morfología de pies bilateral (primer dedo queda bajo el 2º). SEXTO.- La actora presentó reclamación previa frente a la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social por considerar el alta médica...

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