STSJ Andalucía , 4 de Febrero de 2003

PonenteANTONIO LOPEZ DELGADO
ECLIES:TSJAND:2003:1873
Número de Recurso2640/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Social

4 M.E SENTENCIA NÚM. 352/03 Autos nº 1004/01 Social Dos de Almería ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTIN PRESIDENTE ILTMO. SR. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO ILTMO. SR. D. EMILIO LEÓN SOLÁ ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a CUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL TRES La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 2640/02, interpuesto por INEM contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. DOS DE ALMERIA en fecha 22 DE MAYO DE 2002 autos nº1004/01 ha sido ponente el Iltmo. Sr.D ANTONIO LÓPEZ DELGADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Rubén en reclamación sobre DESEMPLEO contra INEM y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 22 DE MAYO DE 2002, por la que estimando la demanda formulada por D. Rubén contra el INEM., debo dejar sin efecto la resolución recurrida, y debo condenar y condeno a esta Entidad gestora a reconocer y abonar a la actora el Subsidio por desempleo solicitado, en cuantía y duración reglamentariamente determinadas.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes: 1.- El actor D. Rubén , con DNI nº NUM000 , afiliada al Régimen General de la Seguridad Social, ha prestado servicios por cuenta ajena, con la categoría de Dependiente, a la empresa Alberto , desde el día 1-IV-92. Al finalizar la relación laboral con esta empresa, el actor solicito la prestación por desempleo, y una vez agotada la misma, con fecha 22-VIII-O1, presentó por desempleo. Y una vez agotada la misma, con fecha 22-VIII-01, presento solicitud de subsidio de desempleo por ser mayor de cincuenta y dos años. SEGUNDO.- Por la entidad gestora demandada se procedió a denegar la solicitud de la actora, por entender que, de las cotizaciones realizadas por el actor, debían excluirse las comprendidas desde el día 1-IV-92 hasta el día 3-1-00, por ser el actor familiar del empresario hasta el segundo grado, convivir con él y estar a su cargo.

Interpuesta reclamación previa, fue desestimada por resolución del INEM de 24- X-01. Tercero.- Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por INEM, recurso que posteriormente...

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