STSJ Andalucía , 25 de Noviembre de 2002

PonenteMIGUEL PASQUAU LIAÑO
ECLIES:TSJAND:2002:16407
Número de Recurso4020/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 4020/1998 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 804 DE 2.002 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Presidente:

Ilmo. Sr. D. Rafael Puya Jiménez Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Jerónimo Garvín Ojeda Ilmo. Sr. D. Miguel Pasquau Liaño En la Ciudad de Granada, a veinticinco de noviembre de dos mil dos. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 4020/98, seguido a instancia de DON Carlos Ramón , que comparece representado por el Letrado Don Ildefonso Vázquz Cachinero, siendo parte demandada el MINISTERIO DE DEFENSA, representado por el Abogado del Estado. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo, se admitió a trámite el mismo y se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dictase sentencia por la que, anulando las resoluciones recurridas, declare su derecho al reconocimiento y percibo de la prestación o pensión solicitada.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia desestime el recurso y confirme el acto recurrido, toda vez que el mismo es en todo conforme a derecho.

CUARTO

Al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Miguel Pasquau Liaño.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso contencioso-administrativo se dirige contra la Resolución del Ministerio de Defensa de 13 de octubre de 1998, que desestimó el recurso ordinario interpuesto contra la dictada por el Director General de Personal del ISFAS de 4 de junio de 1998, que denegó al actor la solicitud de pensión de inutilidad para el servicio en grado de Gran Invalidez.

Segundo

La Administración demandada esgrime como único motivo de denegación de la pensión solicitada, y de contestación a la demanda, la caducidad del derecho a su reconocimiento. Para ello invoca el artículo 59 del Real Decreto 2330/78, de 29 de septiembre, por el que aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas en desarrollo de la Ley 28/75, de 27 de junio, de Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, a cuyo tenor "el derecho al reconocimiento de las prestaciones caducará a los cinco años contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar el hecho causante de la prestación de que se trate...". Para la Administración demandada, dicho "hecho causante de la prestación" no fue otro que la Orden de 22 de mayo de 1989, que acordó el pase a la situación de retirado por inutilidad física, debida a un accidente sufrido con motivo del servicio militar obligatorio, y la solicitud no se formula hasta el 6 de abril de 1998, por lo que habría transcurrido sobradamente el plazo de caducidad, plazo que, por su naturaleza, no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR