STSJ Murcia , 7 de Octubre de 2004

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2004:1575
Número de Recurso836/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 01026/2004 ROLLO N ¨¬ : RSU 00836/2004 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a siete de Octubre de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Don Miguel Ángel , contra la sentencia número 195/2004 del Juzgado de lo Social número 7 de Murcia, de fecha 22-04-2004, dictada en proceso número 25/2004 , sobre despido, y entablado por Don Miguel Ángel frente a la empresa Gescuva S.A. Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "°PRIMERO.- El actor Don Miguel Ángel ha venido prestando sus servicios desde el 21 de mayo de 1997 por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada "°Gescuva S.A"±, dedicada a la actividad del curtido, con la categoría profesional de jefe de ventas, con salario mensual de 1682'27 euros, incluyendo la parte proporcional de las pagas extras, y con centro de trabajo en Lorca, carretera de Caravaca Km. 2¢¥2. SEGUNDO.- El actor era el único comercial de la empresa demandada. TERCERO.- El 99 por 100 de la facturación de la patronal demandada se suministraba a cuatro clientes, a saber: " Enrique "±, "°Curtidos Martínez Leal"±, "°Comercial de Serrajes Martínez"± e "°Industrias M.C.B"±. Ninguno de ellos ha sido captado por el demandante.

CUARTO

Desde hace aproximadamente dos años el actor no realiza su trabajo de jefe de ventas, consistente en la captación, seguimiento y atención de los clientes de la empresa demandada. Se ha limitado a revisar mercancía recibida, labor que tampoco ejecuta desde hace un año, y a pasar a una libreta los pedidos recibidos, tarea ésta para la que sólo se requerían unos diez minutos diarios. QUINTO.- El demandante dispone de un teléfono móvil (número 686935423) perteneciente a la empresa demandada.

Durante el tiempo comprendido entre el 22 de diciembre del 2002 y el 3 de diciembre del 2003 el actor realizó desde dicho teléfono un total de 3.218 llamadas, de las cuales sólo 15 lo fueron a un cliente, "

Enrique "±, cuyo teléfono es el número NUM000 . SEXTO.- En la tarde del día 12 de diciembre del 2003 había concentrado en las inmediaciones de la oficina de la empresa un grupo de trabajadores, unos catorce, a la espera de cobrar unos salarios. Entre ellos se encontraba el actor quien, dirigiéndose a otro empleado, Constantino , técnico de producción, pero alzando la voz para que todos los presentes le oyeran, dijo en tono amenazante que si él no cobraba los demás tampoco. Una vez dentro de las oficinas, y en medio del ambiente tenso así provocado, acudió al lugar el gerente de la empresa, don Alonso , quien tras intentar entregar una comunicación escrita de terminación de contrato a uno de los tr< /font> abajadores que allí se encontraban, don Pedro Enrique , fue amenazado por éste con que lo iba a matar cortándole el cuello y que iba a ir a por su familia. Lejos de calmar los ánimos, el demandante contribuyó a aumentar la crispación pues, tras ser pronunciadas tales amenazas por el referido Sr. Pedro Enrique , comenzó a insultar al gerente al que llamó "°ladrón"±, "°chorizo"±, "° sinvergüenza"± y "°cabrón"±. Tales insultos no fueron dichos por el actor una sino varias veces, repitiéndolos durante varios minutos a grandes gritos, hasta el extremo de que fueron oídos no sólo por los trabajadores presentes en al fábrica sino también por otras personas que se encontraban en un bar cercano a ésta y quienes, atraídos por el griterío, se acercaron al lugar de

/font> los hechos para ver lo que estaba ocurriendo. SÉPTIMO.- La empresa demandada despidió al actor mediante carta de fecha 17 de diciembre del 2003, entregada a su destinatario el día siguiente, en la cual se decía lo siguiente: "°Muy Sr. mío: por la presente le comunicamos la decisión de esta empresa de proceder a la extinción de su contrato por despido disciplinario con efectos desde la fecha de notificación de la presente. Los motivos que han llevado a tomar esta decisión son los que a continuación se exponen. 1.- El pasado día 12 de diciembre por la tarde y en ausencia del gerente en funciones de la empresa usted se dirigió a la plantilla de la fábrica anunciándoles que si no cobraba usted lo que supuestamente la empresa le debía no iba a cobrar nadie más en la empresa. Además de que usted no tiene facultades para decidir aspectos salariales ni de ningún tipo referentes a la plantilla, con esa actitud pretendió< /font> amenazar y desacreditar a la dirección de esta empresa frente a los trabajadores, y consiguió además generar un clima de alarma entre estos. Cuando finalmente el gerente acudió a la empresa para resolver el conflicto creado por usted, se dirigió usted a él profiriéndole insultos tales como "°ladrón"±, "°eres un chorizo y me estás robando"±, delante de varios compañeros. Seguidamente, aproximadamente las 19 horas, cuando el gerente en funciones de esta empresa intentaba hacerle entrega del preaviso de fin de contrato al Sr. Pedro Enrique , éste procedió a efectuar gravísimas amenazas contra la integridad física del gerente y la de sus hijos, tales como "°te voy a cortar el cuello"±, "°te voy a matar"±, "°se que tiene hijos, se a qué colegio van y voy a ir a por ellos"±, etc.., y graves insultos hacia su persona. Usted, que acompañaba al Sr. Pedro Enrique en ese momento, lejos de evitar tales insultos y acusaciones, tales como "°hijo de puta"±, "°cabrón"±, "°Chorizo"±, "°ladrón"±, que fueron efectuados por usted gritando y en presencia de varios empleados de la empresa. Ante la gravedad de los hechos descritos, estos han sido objeto de la correspondiente denuncia policial. 2.- Siendo usted el jefe de ventas de la empresa y único miembro del departamento comercial de la empresa, no ha facilitado ninguna información a al empresa de las tareas que realiza, manteniendo a la empresa en la completa ignorancia de su trabajo, negándose a facilitar información a la Dirección de la empresa, pese a los requerimientos efectuados, en clara desobediencia a su superior, a quien además apenas dirige usted la palabra. No obstante, pese a la falta de información por su parte, la empresa ha podido constatar que usted ha adoptado una postura totalmente pasiva en la empresa en cuanto a...

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