STSJ Andalucía 784/2006, 15 de Marzo de 2006
Ponente | ANTONIO ANGULO MARTIN |
ECLI | ES:TSJAND:2006:6370 |
Número de Recurso | 2449/2005/ |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 784/2006 |
Fecha de Resolución | 15 de Marzo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
784/2006
J.G.
Sent. núm. 784/2.006
Iltmo. Sr. D. Antonio Angulo Martín
Presidente
Iltmo. Sr. D. José Mª Capilla Ruiz Coello
Iltmo. Sr. D. Juan Carlos Terrón Montero
Magistrados
En la Ciudad de Granada, a quince de Marzo de dos mil seis.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de Suplicación núm. 2.449/2005, interpuesto por Dª. Catalina contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Dos de los de Almería en fecha 18 de Marzo de 2.005 en Autos núm. 720/2004, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Antonio Angulo Martín.
En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª. Catalina sobre Incapacidad Permanente Absoluta contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó Sentencia el 18 de Marzo de 2.005, por la que desestimando la demanda interpuesta por la actora, absolvía al Organismo demandado de la acción que en su contra se ejercitaba.
En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
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- La parte actora, nacida el día 18-XI-1952, cuyas demás circunstancias personales constan en las actuaciones, trabaja habitualmente como Auxiliar de enfermería.
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- La parte actora inició la vía administrativa ante la Dirección Provincial del INSS, y, en resolución de fecha de fecha 10- V -04, se procedió a reconocer la situación de Incapacidad Permanente Total del actor.
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- La base reguladora asciende para la incapacidad permanente total a la cantidad de 1.070,63 €, y la fecha de efectos de la misma es de 5-V-04.
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- La parte actora padece las siguientes dolencias: Diagnosticada de trastorno adaptativo con reacción depresiva prolongada a poliartralgias y alteración cognitiva prolongada secundaria a trastorno de ánimo (distimia). TAC craneal, EEG, EMG. EEGS sin hallazgos significativos.
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- Interpuesta reclamación administrativa previa, la misma fue desestimada.
Notificada la Sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por la parte actora, recurso que posteriormente formalizó, no siendo en su momento impugnado de contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.
En la Sentencia de instancia, compartiendo el criterio sustentado en la resolución administrativa que se impugna, se declara a la actora en situación de invalidez permanente...
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