STSJ Asturias , 23 de Noviembre de 2001

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2001:4928
Número de Recurso2362/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL ROLLO N° RSU 2362 /1999 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: ORDINARIO .

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de, AVILÉS Autos de Origen: DEMANDA 446 /1995 RECURRENTE/S: Clemente , Jose María , Domingo RECURRIDO/S: Jose Pablo SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO a veintitrés de Noviembre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Ilmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNÁNDEZ, D. JOSÉ

ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA n° 2715/01 En el recurso de suplicación interpuesto por Clemente , Jose María , Domingo contra el auto del JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de AVILÉS de fecha diez de mayo de mil novecientos noventa y nueve, dictado en proceso de ejecución sobre cantidad, y entablado por Clemente , Jose María , Domingo frente a Jose Pablo , ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ante el Juzgado de lo Social número 1 de Avilés se siguieron autos número 466 a 479/95 a instancia de Jose Pedro , Clemente , Emilio , Marí Jose , María Inés , Marco Antonio , Jose María , Sergio , Bruno , Jose Enrique , Fidel , Jesus Miguel , José contra la empresa FEDERICO IBÁÑEZ FERNÁNDEZ TRAPA en los que se dictó sentencia el 26 de octubre de 1995. Seguida ejecución se dictó auto de fecha 28

de octubre de 1996 por el que se declaraba la insolvencia de la citada empresa.

SEGUNDO

Con fecha 26 de abril de 1999, los demandados Domingo , Jose María Y Clemente , presentaron escrito solicitando que continúe la ejecución frente a la entidad García Rodríguez Automoción, S.A., dictándose auto el 28 de abril de 1999 declarando no haber lugar al incidente solicitado.

TERCERO

Contra dicha resolución se interpuso, por la parte ejecutante, recurso de reposición, que fue desestimado por auto de 10 de mayo de 1999, interponiendo contra el mismo recurso de suplicación que no fue impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- El Juzgado de lo Social n° 1 de Avilés dictó un auto en ejecución de sentencia en el que deniega la solicitud de seguir el trámite incidental contra la empresa García Rodríguez Automoción, S.A. que no ha sido condenada en la sentencia de la que deriva la ejecución y frente a esta resolución interpone la representación letrada de los ejecutantes el presente recurso que articula en un solo motivo y en el que denuncia la vulneración de lo dispuesto en los artículos 236 y 238 de la Ley de Procedimiento Laboral así como del artículo 24 de la Constitución y 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial sosteniendo en síntesis el recurso que conforme previene este último precepto corresponde al Juzgado de lo Social juzgar y hacer ejecutar lo juzgado y si la empresa condenada al pago de las indemnizaciones legales derivadas de la extinción del contrato de trabajo ha realizado actos jurídicos traslativos de su patrimonio a otra entidad, la nueva sociedad en virtud de lo...

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