STSJ Galicia , 24 de Marzo de 2004
Ponente | BENIGNO LOPEZ GONZALEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2004:2013 |
Número de Recurso | 908/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 24 de Marzo de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
01/0000908/2002 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:
SENTENCIA Nº 248/2004 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.
D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ.
D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.
En la Ciudad sede de este Tribunal, a veinticuatro de marzo de dos mil cuatro.
En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01/0000908/2002 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por PIENSOS EL HORREO S.A. representado por la procuradora D/ña. MARIA ANGELES FERNANDEZ RODRIGUEZ y dirigido por el Abogado D. JAVIER IRISARRI CASTRO, contra resolución del Consello da Xunta de Galicia de 23/05/2002 sobre sobre expediente sancionador por infracción en materia de sanidad animal. Es parte como demandada CONSELLO XUNTA DE GALICIA, representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA; siendo la cuantía del recurso la de 63.002 EUROS.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: El día 10 de abril de 2001, se realizó una visita de inspección a las instalaciones para el envasado y comercialización de piensos de la recurrente, en el Polígono de las Gandaras-Porriño, se tomaron las oportunas muestras y a raíz del resultado positivo de dicho análisis, las imputaciones de infracciones de consideraron muy graves y en consecuencia se impuso la sanción objeto del presente recurso, por las dos faltas alegadas, una muy grave y otra grave.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso, decretándola nulidad del acto recurrido.
Conferido traslado de la demanda al LETRADO DE LA XUNTA, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimando el recurso.
Declarado concluso el debate escrito quedan las actuaciones sobre la mesa para resolver.
Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON BENIGNO LOPEZ GONZALEZ.
La entidad mercantil Piensos El Hórreo, S.A. interpone recurso contencioso administrativo contra resolución del Consello de la Xunta de Galicia, de fecha 23 de mayo de 2002, por la que se le impone a la demandante, como autora de una infracción muy grave y otra grave, en materia de sanidad animal, previstas en los artículos 2.2.i) y 2.3.m), respectivamente, del Real Decreto 8/2001, de 6 de abril , por el que se establece el sistema de infracciones y sanciones en materia de Encefalopatías Espongiformes Transmisibles, las multas de 60.001 euros de 3.001 euros, también con carácter respectivo.
De la prueba obrante en las actuaciones claramente se desprende, sin que ello resulte desvirtuado por la parte recurrente, que, con motivo de la inspección llevada a cabo, en fecha 10 de abril de 2001, en la Fábrica de Piensos El Hórreo, S.A., sita en el Polígono Industrial de Las Gándaras de Porriño, por la Inspección Veterinaria del Servicio de Sanidad y Producción Animal de la Delegación Provincial de Pontevedra, dentro del programa de...
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