STSJ Galicia , 21 de Diciembre de 2000

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2000:10070
Número de Recurso4838/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0004838 /1997 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 1484/2.000 Iltmos. Sres.

DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ. - PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a veintiuno de diciembre de dos mil. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0004838 /1997 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por D. Jose Miguel , representado y dirigido por el letrado D. CARLOS ALBERTO GONZALEZ MARTINEZ, contra desestimación por silencio del Ayuntamiento Betanzos de la solicitud de indemnización por lesiones y secuelas sufridas por caída, cuando pintaba una farola. Es parte como demandada el AYUNTAMIENTO DE BETANZOS (A CORUÑA) representada y dirigida por el letrado D. DANIEL PEREIRO CACHAZA. La cuantía del recurso es determinada, con un importe de 50.000.000 ptas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día catorce de diciembre de 2000.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la desestimación presunta por silencio por el Ayuntamiento de Betanzos de la solicitud de indemnización por las lesiones y secuelas derivadas de una caída cuando pintaba una farola del alumbrado público formulada por D. Jose Miguel .

SEGUNDO

El presente recurso quedó concluso para sentencia el 6 -2 -99, fecha en la que ya había entrado en vigor la Ley jurisdiccional de 1998, por lo que son aplicables a la presente resolución sus artículos 67 a 73 (apartado 2 de su Disposición transitoria segunda). De lo que disponen los artículos 69. a)

y 58.1 de dicha Ley se desprende la necesidad de que tengan que ser examinadas y decididas de nuevo las cuestiones que si es competente o no la Jurisdicción contencioso-administrativa para decidir las pretensiones del demandante y de si existe cosa juzgada o litispendencia en relación con los procesos seguidos ante la Jurisdicción social. La concurrencia de estas últimas debe ser rechazada, como lo fue cuando...

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