STSJ Castilla-La Mancha , 27 de Enero de 2005

PonenteJOSE RAMON SOLIS GARCIA DEL POZO
ECLIES:TSJCLM:2005:237
Número de Recurso1912/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL ALBACETE SENTENCIA: 00099/2005 DON FÉLIX Mª ROMERO JIMÉNEZ, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete).

Recurso nº 1.912/03.- Ponente: Sr. José Ramón Solís García del Pozo.- Fallo: 27-1-05.- Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sáinz de Baranda Presidente Iltmo. Sr. D. José Montiel González Iltma Sra. Dª. Petra García Márquez Iltmo. Sr. D. José Ramón Solís García del Pozo

En Albacete, a veintisiete de enero de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 99 En el Recurso de Suplicación número 1.912/03, interpuesto por Lázaro , contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Ciudad Real, de fecha 10 de julio de 2.003, en los autos número 143/03 , sobre Cantidad, siendo recurrida MINAS DE ALMADEN Y ARRAYANES, S.A. Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Ramón Solís García del Pozo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "

FALLO

Que desestimando la demanda promovida por D. Lázaro contra la Entidad de MINAS DE ALMADEN Y ARRAYANES, S.A. y absuelvo a la demandada de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda".

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

PRIMERO

D. Lázaro ha venido prestando servicios laborales por cuenta de la empresa demandada desde el año 1966, habiendo ingresado en la empresa como peón de interior en el gremio de perforista, permaneciendo en alta en la empresa demandada por la actividad de extracción de minerales metálicos no férreos, excepto minerales de uranio y torio. Cesó en la empresa demandada en el año 1980.

SEGUNDO

En los informes médicos obrantes en la historia clínica del actor se recogen desde el año 1994 entre los antecedentes el diagnóstico de Silicosis y EPOC, si bien no consta informe médico ni control alguno por dicha enfermedad por el servicio de neumología.

Consta que en expediente remitido al Instituto Nacional de Silicosis por la UMVI de Ciudad Real en Marzo de 1997, se informaba la presencia de Silicosis de tercer grado. En el informe emitido en dicha ocasión por el Instituto referido se hace constar el diagnóstico de NO neumoconiosis.

TERCERO

La orientación diagnóstica emitida por el Instituto Nacional de Silicosis en el presente año, es la siguiente:

No se objetivan opacidades significativas a efectos de neumoconiosis en el momento actual.

CUARTO

Consta que el actor fue objeto de un reconocimiento médico inicial en el momento de su ingreso en la empresa en el año 1966 y reconocimientos periódicos posteriores que se reflejan tanto en la ficha médica del trabajador que obra unida a las actuaciones y cuyo contenido se da aquí por reproducido, como en la cartilla sanitaria del trabajador.

QUINTO

Obran en las actuaciones las Memorias anuales de los Servicios Sanitarios de la empresa Minas de Almacén en las que se reflejan las historias clínicas de de los trabajadores de la empresa con alguna enfermedad, haciendo constar la exploración de cada uno, su analítica y la exploración radiográfica.

En la Memoria anual correspondiente al año 1962, se hace un resumen de los problemas relacionados con los casos de silicosis surgidos en la empresa. Se refleja en la misma la propuesta de los servicios médicos como medida de seguridad y detectar los casos incipientes, realizar un reconocimiento mensual a los peones del cerco de Buitrones que hubieran estado empleados en la retirada de escorias pasando por el servicio de RX cuando fueran relevados. Se menciona además un nuevo método de recogida de la escoria caliente mediante el riego con agua fría, como medida de prevención de la silicosis.

Se indica además en relación al problema de la silicosis que en épocas anteriores la mina estaba peor ventilada, y que hasta el año 1957 no se prestó la debida atención a la enfermedad, no existiendo hasta el año 1941 un aparato de rayos X. Desde el año 1961 cada seis meses se realiza un reconocimiento específico en prevención de la silicosis a todo el personal del interior de la mina, realizando una radioscopia del tórax ya la vista del' resultado de la misma una radiografía o no. Tras dicha exploración se envía a la Dirección una relación en la que se refleja el resultado aconsejando retirar al obrero de su puesto habitual de trabajo y pase a trabajos de exterior o bien la retirada definitiva de toda clase de trabajo. Finalmente se reflejan en dicha Memoria las historias clínicas de los trabajadores y en concreto de los afectados por silicosis, haciendo constar la fecha en que se les diagnosticó la silicosis por parte de los servicios sanitarios de las Minas, y en consecuencia la orden de la Dirección Facultativa de las Minas de destinarle a otro puesto de trabajo o bien que sea dado de baja definitiva.

En la Memoria Anual correspondiente al año 1963, se refleja en cuanto a la silicosis, que las medidas de prevención son las mismas, que la ventilación es igual y los medios de trabajo idénticos, y que lo que ocurre es que los obreros van teniendo más edad, más años de trabajo en contacto con el polvo, y sobre todo los reconocimientos y los métodos de exploración cada día más exhaustivos. Se indica que el primitivo problema sanitario de la empresa, el Hidrargirismo, ha pasado a un segundo plano desplazado por la silicosis, estando dedicados los esfuerzos de los servicios médicos a detectar los casos cuando las lesiones son incipientes y colaborar en la mejora de las condiciones sanitarias, señalando finalmente que éste es un problema de todas las minas y hasta ahora no resuelto definitivamente en ninguna. Se reflejan igualmente las historias clínicas de los afectados por silicosis, indicando tras el diagnóstico, que fueron destinados a trabajos en el exterior en ambiente alejado de la toxicidad.

En la Memoria Anual correspondiente al año 1964, se hace constar en relación al servicio de prevención y estudio de la silicosis, que se ha nombrado un especialista asesor médico del consejo habiendo además adquirido de la, casa Siemens Electromédica, una instalación de Rayos X con un modelo que se describen en la referida Memoria, para regular el tiempo de exposición de la radiografía y obtener imágenes de densidad uniforme independientemente de la corpulencia del paciente; un electrocardiógrafo; y un espirómetro con un dispositivo que permite además de los exámenes espirométricos registrar la prueba de Tiffneau.

En la Memoria Anual correspondiente al año 1965, se refleja que en los servicios sanitarios se han proyectado y están en vías de llevarse a cabo, la construcción de un Departamento para montar la instalación de Rayos X modelo "Heliophos 600" adquirido ya por el Consejo de Administración y cuyas características se describían en la memoria del año 1964, para que como se espera quede instalado ese año y poder realizar una eficiente labor de prevención y estudio de las enfermedades profesionales, pues aunque no constituye un problema alarmante la silicosis dados los casos descubiertos al año que no llega al 1% y que son de primer grado, está en el ánimo del Consejo ejercer una vigilancia y revisión minuciosa para evitar este mal. En la Memoria del año 1966, se refiere ya el inicio de la construcción de un pabellón para practicar en él los reconocimientos de prevención de silicosis, y se refleja asimismo la adquisición y entrega por el servicio de Seguridad e Higiene de material de protección, tales como guantes de cuero, goma de amianto, aislantes, cascos de mina, semicarillas de diversos tipos, así como gafas, trajes de aguar impermeables y cinturones de seguridad a todo el personal de la empresa, yen la Memoria del año 1967 se refleja ya la terminación de la construcción de dicho pabellón y la instalación en el mismo de un aparato fotoseriador tipo "Heliophos 600", un aparato electrocardiógrafo de dos canales y un aparato para la determinación del metabolismo basal.

Según la Memoria del año 1969 se detectaron en dicho año seis casos de silicosis de primer grado, reflejándose las historias clínicas en la Memoria, y según la Memoria del año 1970 se consignan ese año cuatro caso de silicosis, dos de primer grado y dos de segundo grado. En la Memoria del año 1971, se hace constar que ese año no ha sido descubierto con silicosis de primer grado ningún caso nuevo, habiéndose modificado únicamente el grado de uno de los ya declarados; y en la de 1972 se consignan cinco nuevos casos de silicosis.

Las referidas Memorias eran remitidas por la Dirección de los servicios Médicos al Consejo de Administración de la empresa demandada, así como al Instituto Nacional de Previsión social, aun cuando no consta la efectiva recepción de dichas Memorias por dicho Instituto.

SEXTO

Consta que durante el año 1982, 1983, 1984, la empresa demandada adquirió para los trabajadores mascarillas y filtros mascarillas de diversos tipos; al igual que en el año 1986 y 1987.

SEPTIMO

En fecha 5-2-65 se levantó Acta por el Consejo de Seguridad de la empresa demandada indicando en cuanto a las mascarillas anti-polvos que la...

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