STSJ Andalucía , 16 de Octubre de 2000

PonenteRAFAEL PUYA JIMENEZ
ECLIES:TSJAND:2000:14963
Número de Recurso174/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE GRANADA SECCIÓN PRIMERA ROLLO NÚM. 174/00 JUZGADO: GRANADA NÚM. UNO SENTENCIA NÚM. 1.382 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

DON RAFAEL PUYA JIMENEZ Iltmos. Sres. Magistrados DON JUAN MANUEL CÍVICO GARCÍA DON FEDERICO AMADOR CASTILLO BLANCO

En la Ciudad de Granada, a dieciséis de octubre de dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso de apelación número 174/00 dimanante del recurso contencioso- administrativo núm. 16/00, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de los de Granada, siendo parte apelante DOÑA Natalia , representada por la Procuradora Dª. María Jesús Oliveras Crespo y dirigida por Letrado y parte apelada el SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, en cuya representación y defensa interviene el Letrado del SAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Granada, en fecha 24 de febrero de 2.000, dicto auto en el Procedimiento Abreviado nº 16/00 tramitado ante el mismo, y en cuya parte dispositiva se acordaba: "No admitir a trámite el escrito presentado por la Procuradora Sra. Mª. Jesús Oliveras Crespo en nombre y representación de Dª. Natalia por el que se interpone Recurso Contencioso-Administrativo contra la convocatoria de oferta de incorporación de personal estatutario de la Seguridad Social a los equipos básicos de atención primariva en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, zona básica de salud de Churriana de la Vega y zona básica de salud de Alfacar, del Servicio Andaluz de

Salud de la Junta de Andalucía publicada el 7 y 29 de septiembre de 1.999".

SEGUNDO

Contra dicho auto se interpuso recurso de apelación, del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de 15 días formularan su oposición, no presentándose por la parte apelada escrito de impugnación de dicho recurso.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala se formó el oportuno rollo, se registró, se designó

Ponente al Ilmo. Sr. D. RAFAEL PUYA JIMENEZ, y al no haberse solicitado prueba, ni vista o conclusiones, se declararon conclusas las actuaciones para dictar la resolución procedente. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Auto apelado, de 24 de febrero de 2.000, del Juzgado de lo contencioso- administrativo nº Uno de Granada acordaba no admitir a trámite el Recurso Contencioso- Administrativo contra la convocatoria de oferta de incorporación de personal estatutario de la Seguridad Social a los equipos básicos de atención primaria en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, zona básica de salud de Churriana de la Vega y zona básica de salud de Alfacar, del Servicio Andaluz de Salud de la Junta de Andalucía publicada el 7 y 29 de septiembre de 1.999.

SEGUNDO

La cuestión que se somete a la consideración de esta Sala consiste en la determinación de si es ajustada a derecho a no la decisión judicial de tener por no interpuesto recurso contencioso-administrativo al haberse iniciado el procedimiento por escrito de interposición del recurso, presentado dentro del plazo a que se refiere el art. 46.1 L.J., y no por demanda como corresponde al procedimiento abreviado...

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