STSJ Comunidad Valenciana 1662/2006, 16 de Mayo de 2006

PonenteTERESA PILAR BLANCO PERTEGAZ
ECLIES:TSJCV:2006:2807
Número de Recurso3962/2005/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1662/2006
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

R.C. Sent. 3962/05

Recurso contra Sentencia núm. 3962/2005

Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz

Presidente

Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver

Ilma. Sra. Dª. Carmen Agut García

En Valencia, a dieciséis de Mayo de dos mil seis

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1662/2006

En el Recurso de Suplicación núm. 3962/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 13 de Julio de 2005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Alicante, en los autos núm. 943/04, seguidos sobre Derecho, a instancia de Dª Lorenza, asistido del Letrado Andres Muñoz, contra AEROPUERTO DE ALICANTE AENA, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 13 de Julio de 2005, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "que desestimando la excepción de incompetencia de Jurisdicción y que estimando la demanda interpuesta por Lorenza, frente a la Entidad Publica Empresarial AEROPUERTOS ESPAÑOLES Y NAVEGACIÓN AEREA (AENA), debo declarar y declaro haber lugar a la misma reconociendo el derecho de la demandante a ocupar con carácter fija la plaza de Apoyo de Atención a Pasajeros, Usuarios y Clientes (IC 17), en el Aeropuerto de Alicante, con efectos del dia de la publicación definitiva que consolida la plaza como vacante y con el salario y demas derechos ingerentes a la misma y suscripción del oportuno contrato, en virtud de la convocatoria de Provisión Interna de fecha 30 de Abril de 2.004, condenando al Organismo demandado a estar y pasar por esta declaración."

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La demandante Lorenza mayor de edad, con D.N.I. nº NUM000 y vecina de Alicante, viene prestando sus servios para el Aeropuerto de Alicante (AENA) en virtud de contrato de relevo de fecha 6/6/2004 con la categoría de Apoyo de Atención a Pasajeros, Usuarios y Clientes por jubilación parcial de Raúl, percibiendo un salario mensual con inclusión de prorratas de 1.598,51 euros. Desde 1/11/2001, la actora ha venido trabajando para AENA en el Aeropuerto de Alicante a virtud de diversos contratos temporales. SEGUNDO.- Con fecha 29-5-01 por AENA se convocó 2 plazas de Agente de Servicios Aeroportuarios para el Aeropuerto de Alicante mediante convocatoria externa y proceso selectivo, resolviéndose la convocatoria en 1/10/2001 en la que aparece la relación de aprobados, estando en ella la actora, aunque sin obtener ninguna de las 2 plazas, pero quedando en bolsa de candidatos de reserva en la que ocupa la primera plaza. TERCERO.- En fecha 0/4/04 se convocó en fase de provisión interna, diversas plazas entre ellas una plaza de Apoyo, Atención a Pasajeros, Usuarios y Clientes, -nueva denominación de la plaza a la que optó y aprobó-, quedando...

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