STSJ Galicia , 24 de Marzo de 2004

PonenteJOSE GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO
ECLIES:TSJGAL:2004:2042
Número de Recurso1071/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0001071 /2001 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA N° 235/2004 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO MAGISTRADOS:

D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA En La Ciudad de A Coruña, a veinticuatro de marzo de dos mil cuatro.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01/0001071/2001, pende de resolución de esta Sala, interpuesto por COMPAÑIA ESPAÑOLA DE INDUSTRIAS ELECTROQUIMICAS, S. A., representada por la procuradora D/ña. Mª DOLORES NEIRA LOPEZ y dirigida por el Abogado D. IGNACIO PEREZ CORDERO, contra Orden de 7 de junio de 2001 de la Consellería de medio Ambiente sobre espacios incluidos en Red Natura. Es parte como demandada CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO

RESULTANDO que admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: Efectuada la demarcación del perímetro que comprendía la solicitud de concesión de Explotación, con intervención directa de la Conselleria de Industria e Comercio de la Xunta de Galicia, y concluidos todos los trámites procedimentales, por medio de Resolución de la D. G. de Política Energética y minas del Ministerio de Economía, dictada en fecha 29 de junio de 2001, se resolvió otorgar a CEDIE la concesión de Explotación para recursos de la Sección C), calizas, denominada DON RUFINO.- La Conselleria de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia, dictó en fecha 7 de junio de 2001, nueva orden por la que se declaran provisionalmente las zonas propuestas para su inclusión en la Red Europea satura 2000, como espacios naturales en régimen de protección general.- Invoca los fundamentos de derecho me estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso, declarando la nulidad de la Orden recurrida.

RESULTANDO que conferido traslado de la demanda al LETRADO DE LA XUNTA, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia que inadmita el recurso, o en otro caso, lo desestime; de la inadmisibilidad alegada se confirió traslada a la parte actora.

RESULTANDO que finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.

RESULTANDO que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

CONSIDERANDO que la Compañía española de industrias electroquimicas (CEDIE) deduce el presente recurso contra la Orden de 7 de junio de 2001 de la Conselleria de medio Ambiente de la Xunta de Galicia, por la que se declara con carácter provisional en régimen de protección las zonas que habían sido propuestas para su inclusión en la Red europea Natura 2000, en lo referente en el caso de autos al espacio denominado Serra da Enciña da Lastra.

CONSIDERANDO que el Letrado de la Xunta de Galicia alega en primer término en su escrito de contestación a la demanda, dos causas que deberían producir, en su tesis, la inadmisibilidad del recurso; la primera va referida a la inimpugnabilidad de la Orden consellerial recurrida,...

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