STSJ Canarias , 7 de Marzo de 2001

PonentePEDRO MANUEL HERNANDEZ CORDOBES
ECLIES:TSJICAN:2001:947
Número de Recurso1818/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso: 1818/1996 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS Sala de lo Contencioso Administrativo Santa Cruz de Tenerife S E N T E N C I A nº 230 Recurso nº 1818/1996 Iltmos. Sres:

Presidente D. Antonio Giralda Brito Magistrados D. Helmuth Moya Meyer D. Pedro Hernández Cordobés

En Santa Cruz de Tenerife, a siete de marzo de dos mil uno.- Visto, en nombre del Rey, por la Sala de lo contencioso-administrativo de esta capital, el presente recurso tramitado por el procedimiento ordinario previsto en la Ley de la Jurisdicción contencioso administrativa, interpuesto a nombre del demandante D. Rogelio , y en su representación y defensa el Sr. Letrado Fernández Arcila; como administración demandada EL CABILDO INSULAR DE LA ISLA DE LA PALMA, representado por la Procuradora Sra. Rodríguez de Azero y defendido por la Letrada Sra. Ramón Matos; versando sobre la impugnación de la Resolución de 15 de octubre de 1996, desestimando la solicitud deducida por el recurrente en relación al cierre inmediato de las instalaciones de incineración de basuras existentes en la Isla de La Palma, así como que se le envíe diferente información, siendo ponente el Ilmo. Sr. don Pedro Hernández Cordobés.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte demandante, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia:

  1. Condenando al Cabildo Insular de La Palma a que proceda a la clausura y cierre de las instalaciones incineradoras para el tratamiento de los residuos sólidos y animales en la isla de La Palma, ubicados en los términos municipales de Mazo, El Paso y Barlovento.

  2. Condene a la Administración demandada a estar y pasar por tales pronunciamientos con expresa imposición de costas.

SEGUNDO

La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia por la que se inadmita el recurso y, subsidiariamente, se desestime por deducirse frente a actos no dictados por esta Administración.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba se practicaron las pruebas propuestas y admitidas con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Practicada la prueba propuesta, se acordó se_alar trámite para que las partes presentasen sus conclusiones, hecho lo cual, se señaló día para la votación y fallo de la sentencia, lo que tuvo lugar en con anticipación al plazo inicialmente previsto y con el resultado que seguidamente se expresa.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

D. Rogelio , presentó el 7 de mayo de 1996, ante el Cabildo Insular de La Palma, solicitud de cierre inmediato de todas las instalaciones de incineración de basura existentes en la Isla y el envío de diferente información.

El 8 de agosto de 1996, reiteró su petición interesando su resolución expresa o emisión del certificado de acto presunto.

El Cabildo Insular contesta entonces por medio de escrito firmado por su presidente, de fecha 15 de octubre de 1996 y del tenor que obra en el expediente número I (sin foliar).

El suplico de la demanda formalizada en el presente recurso contencioso administrativo, se contrae a la condena del Cabildo a que proceda a la clausura y cierre de las instalaciones incineradoras para el tratamiento de residuos sólidos y animales en la Isla de La Palma, ubicados en los términos municipales de Mazo, El Paso y Barlovento.

El Cabildo Insular, en su contestación, insta la inadmisión del recurso "por haberse interpuesto contra declaración del Presidente del Cabildo Insular de La Palma que no constituye acto administrativo, no existiendo el presupuesto necesario para accionar en la vía jurisdiccional" y, subsidiariamente, su desestimación por deducirse frente a actos no dictados por la Administración demandada.

SEGUNDO

Frente a la petición deducida por...

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