STSJ Castilla y León 216, 27 de Enero de 2006

PonenteJUAN JOSE CASAS NOMBELA
ECLIES:TSJCL:2006:216
Número de Recurso2418/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución216
Fecha de Resolución27 de Enero de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 02418/2005 Rec. núm. 2418/05 Ilmos. Sres.

Dª. Mª Luisa Segoviano Astaburuaga Presidente D. Emilio Alvarez Anllo D. Juan José Casas Nombela En Valladolid a veintisiete de enero de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 2418 de 2005, interpuesto por D. Victor Manuel contra sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de Valladolid (autos 383/05) de fecha 6 de octubre de 2005 dictada en virtud de demanda promovida por dicho actor contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y otros sobre DETERMINACION DE CONTINGENCIA, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan José Casas Nombela.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13 de abril de 2005, se presentó en el Juzgado de lo Social número Uno de Valladolid, demanda formulada por el actor, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

Primero

El actor, Don Victor Manuel , nacido el 20 de octubre de 1.960 y afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 , viene prestando servicios para la empresa

Lácteas Vallisoletanas, S.A., con la categoría profesional de Oficial de Primera Carretillero, teniendo dicha empresa concertado los riesgos de accidente de trabajo y enfermedad profesional y prestaciones económicas de incapacidad temporal por contingencias comunes con la Mutua Ibermutuamur.

Segundo

El demandante, con fecha 15 de febrero de 2.005, se personó en los Servicios Médicos de la Mutua demandada, manifestando dolor en codo izquierdo y refiriendo haber padecido accidente de trabajo el 13 de octubre de 2.004, siendo atendido por los Servicios Médicos de la Mutua, presentando leve epicondilitis externa de codo izquierdo. Con fecha 2 de marzo de 2.005, el demandante pasó a la situación de incapacidad temporal, .por contingencias comunes, expidiéndose parte de baja por los Servicios Médicos de la Seguridad Social, con el diagnóstico de epicondilitis, permaneciendo en esta situación hasta su fecha de alta el 23 de marzo de 2.005.

Tercero

El demandante desempeña la profesión de carretillero, utilizando una carretilla elevadora térmica, marca Linde, ergonómica y muy especializada y tecnológicamente avanzada, siendo mínimos los esfuerzos que ha de realizar el trabajador con los brazos para su manejo, disponiendo de un sistema de dirección asistida que evita vueltas de volante para su maniobrabilidad en los giros. El demandante tiene, entre sus aficiones, la conducción de motocicletas de gran cilindrada, habiendo acudido a los servicios de la Mutua provisto de casco y traje de motorista.

Cuarto

Iniciado expediente a instancia del actor en solicitud de determinación de contingencia del proceso de incapacidad temporal iniciado el 2 de marzo de 2.005, recayó resolución de la Dirección Provincial del I.N.S.S., de fecha 24 de mayo de 2.005, por la que declaraba el carácter de Enfermedad Común de la incapacidad temporal padecida por Don Victor Manuel y que se inició el 2 de marzo de 2.005, determinando como responsable de la prestación de I.T. a la Mutua Ibermutuamur.

Quinto

Agotada la vía previa administrativa, con fecha 11 de abril de 2.005, presentó demanda ante el Juzgado Decano, siendo turnada a este Juzgado el día TERCERO.- Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha sentencia por el actor, fue impugnado por la demandada Ibermutuamur. Elevados los Autos a esta Sala, se designó

Ponente, acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia del Juzgado de lo Social número Uno de los de Valladolid, de 6 de octubre de 2005 , desestimó la demanda deducida por D. Victor Manuel frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, frente a la Mutua de Accidentes de Trabajo nº 274, Ibermutuamur,...

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