STSJ Asturias , 25 de Julio de 2003

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2003:3681
Número de Recurso2695/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución25 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL NIG: 33044 4 0103055/2001, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002695/2001 MATERIA: OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL RECURRENTE/s: David RECURRIDO/s: INS, INSALUD, TGSS, MUTUA GALLEGA MUTUA GALLEGA DE ACCIDENTES, ALSA INTERNACIONAL SA. JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 001 de GIJON DEMANDA 0000482 /2001 Sentencia número: 2.452/03 Ilmos. Sres.

D. TOMAS MAILLO FERNÁNDEZ D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ D. IGNACIO VIDAU ARGÜELLES En OVIEDO a veinticinco de Julio de dos mil tres, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 0002695/2001, formalizado por el/la Sr./a. Letrado D/Dª. JOSE LUIS GARCIA BIGOLES, en nombre y representación de David , contra la sentencia de fecha veinte de junio de dos mil uno, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 001 de GIJON en sus autos número DEMANDA 0000482/2001, seguidos a instancia de David frente a INSS, INSALUD, TGSS, MUTUA GALLEGA DE ACCIDENTES, ALSA INTERNACIONAL SA., parte demandada representada por el/la Sr./Sra. Letrado, Graduado Social D/Dª. LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, Carlos Daniel , Miguel , en reclamación por cambio contingencia, siendo Magistrado- Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha veinte de junio de dos mil uno por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - Don David , nacido el día 16 de noviembre de 1942, se encuentra afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el n° NUM000 .

  2. - Don David presta sus servicios como Coger par a la empresa Alsa Interprovincial, SA., que tiene suscrito el oportuno convenio con la Mutua Gallega, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, causando baja por enfermedad común el 6 de abril de 2000 con el diagnostico de Infarto Agudo de Miocárdio.

  3. - Don David solicitó ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social la valoración de la contingencia de su situación de incapacidad temporal iniciada el 6 de abril de 2000, recayendo Resolución el 7 de febrero de 2001 en la que se declara su carácter común y determina como responsable de las prestaciones a él mismo, e interpuesta contra la misma la preceptiva reclamación previa, ésta fue desestimada con fecha 2 de abril de 2001.

  4. - La base reguladora de las prestaciones es de 288.300 ptas. mensuales.

  5. - Es de aplicación el Convenio colectivo Regional para las Empresas de Transportes por Carretera del Principado de Asturias.

  6. - Don David es representante sindical en la empresa Alsa Interprovincial, SA., habiendo participado como tal en la mañana del 5 de abril de 2000 en una reunión con la patronal.

  7. - Don David el 5 de abril de 2000, sobre las 19,00 horas, comenzó con dolor torácico opresivo irradiado a ambas extremidades, siendo atendido a la 1,55 horas el día 6 de abril de 2002 en el servicio de urgencias del Hospital de Cabueñes de Gijón, donde se le diagnosticó de IAM inferior, acordándose a continuación su traslado a la UVI del Hospital de San Agustín de Avilés y de éste al Hospital Central de Asturias en Oviedo para cateterismo urgente.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario por los Letrados de las codemandadas Mutua Gallega y Alsa Internacional, SA. Elevados...

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