STSJ Cantabria 314, 28 de Febrero de 2006

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2006:314
Número de Recurso45/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución314
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 00184/2006 Recurso núm.45/2006 Secretaria Sra. Colvée Benlloch PRESIDENTE Ilmo.Sr.D. Rubén López Tamés Iglesias MAGISTRADOS Ilma.Sra.Doña Mercedes Sancha Saíz Ilmo.Sr.D. Jesús Mª Martín Morillo EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos.Sres. Citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander a quince de Febrero de dos mil seis.

En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Uno de Santander y Cantabria, ha sido nombrado Ponente el Iltmo.Sr.D. Rubén López Tamés Iglesias quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. María Inés , sobre Invalidez, siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 5 de Diciembre de 2005 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - La demandante DÑA. María Inés , nacida el 25 de diciembre de 1.940, figura afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con nº NUM000 , y en la actualidad desde el 29 de Julio de 1.998 afecta a incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual de celadora.

  2. - La demandante fue reconocida afecta de una incapacidad permanente total como consecuencia del siguiente cuadro residual: Espondiloartrosis dorsolumbar moderada-severa. Hiperastosis esquelética difusa. Coxartrosis izquierda derada.

    Osteoporosis. Y asma bronquial leve.

  3. - Instada la revisión del grado de invalidez, en virtud de Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, de fecha 6 de abril de 2.005, Y previo dictamen del Equipo de Evaluación de Incapacidades, se declaró no haber lugar a revisar el grado de incapacidad declarada, por cuanto se estima que no se ha agravado el grado de incapacidad permanente. Interpuesta reclamación previa, la misma fue desestimada.

  4. - La base reguladora para la incapacidad permanente postulada en computo mensual asciende a 594,92 , siendo la fecha de efectos la de 7 de abril de 2.005.

  5. - La demandante en la actualidad padece las siguientes patologias:

    Espondiloartrosis; Coxartrosis izquierda que requirió prótesis. Gonartrosis tricompartimental derecha. Asma bronquial.

    Las anteriores patologias la producen el siguiente menoscabo funcional:

    Cadera izquierda: Siente dolor en el glúteo a partir de 45º de flexión. Se observa genu valgo bilateral, la rodilla derecha con algo de derrame y más caliente, asi como dolor a la flexión. La marcha la realiza ayudada con dos bastones 19leses. En la documentación aportada: Muestra una prótesis total de la cadera izquierda en Abril de 2004.

    Según informe de Traumatologia de 01/02/05: Sufre gonartrosis derecha tricompartimental.

  6. - El Instituto Nacional de la Seguridad Social sume el riesgo de la protección derivada de enfermedad.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Se alega la infracción del artículo 137.5 de la Ley General de la Seguridad Social . El resumido cuadro de dolencias que contiene el quinto de los hechos probados consiste en espondiloartrosis,...

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