STSJ Murcia 135/2008, 11 de Febrero de 2008

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2008:317
Número de Recurso74/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución135/2008
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00135/2008

ROLLO Nº: RSU 74/2008

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA

En MURCIA, a once de Febrero del dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ y D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Casimiro, contra la sentencia número 360/07 del Juzgado de lo Social número Cinco de Murcia, de fecha 26 de septiembre del 2007, dictada en proceso número 984/06, sobre INCAPACIDAD, y entablado por D. Casimiro frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La parte actora Casimiro, con D.N.I NUM000, nacido 20/09/2006, se encuentra afiliado en el Régimen General de la Seguridad Social, por consecuencia de servicios prestados como vigilante de plaza de abastos. SEGUNDO.- Inició la vía administrativa ante la Dirección Provincial del INSS, la que en Resolución de fecha 20/09/2006 declaró que el solicitante no se encontraba afecto de invalidez permanente en ningún grado de incapacidad y se agotó la vía administrativa con la formulación de Reclamación Previa que por Resolución de 23/11/2006 le fue desestimada. TERCERO.- La Base reguladora asciende a 1112,10 Euros. CUARTO.- Padece la parte actora: "Lumbalgia mecánica crónica. Protusiones discales a nivel L4-L5 y L5-S1. Trastorno adaptativo y stress grave con somatizaciones secundarias, que en la actualidad impiden las tareas de su profesión."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por D. Casimiro debo absolver y absuelvo de la misma al demandado Instituto Nacional de la Seguridad Social.".

SEGUNDO

Con fecha 8 de noviembre del 2007, se dicto auto de aclaración y en su parte dispositiva dice: Aclarar la sentencia dictada en los presentes autos en el sentido de que procede La desestimación de la demanda por no ser la dolencia que en la actualidad impide al Sr. Casimiro trabajar presumiblemente definitiva, como exige el art. 136,1 del T.R.L.G.S.S ''.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. ANTONIO CUADROS CASTAÑO, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia de fecha 26 de septiembre del 2006, dictada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Murcia en los autos 984/06, desestimó la demanda deducida por D. Casimiro contra el INSS, en reclamación de prestaciones por incapacidad permanente absoluta, derivada de enfermedad común.

Disconforme con la sentencia, el actor interpone recurso, al amparo...

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