STSJ Murcia 161/2008, 11 de Febrero de 2008

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2008:326
Número de Recurso1294/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución161/2008
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00161/2008

ROLLO Nº: RSU 1294/2007

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA

En MURCIA, a once de Febrero de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ y D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por DOÑA Marina, contra la sentencia número410/07 del Juzgado de lo Social número Uno de Cartagena, de fecha 18 de julio de 2007, dictada en proceso número 292/07, sobre INCAPACIDAD, y entablado por DOÑA Marina frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. La demandante, nacida el 3-1-48, se encuentra afiliada a la Seguridad Social con el nº NUM000 y ha sido dada de alta en el Régimen General por la realización de las funciones propias de su profesión habitual de limpiadora. SEGUNDO. La actora inició situación de incapacidad temporal en fecha 24-5-05. El dictamen- propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades es de fecha 21-12-06. TERCERO. El Instituto Nacional de la Seguridad Social, en resolución de fecha 28-12-06, declaró la inexistencia de invalidez permanente en ninguno de sus grados. CUARTO. Disconforme con la anterior resolución, la demandante formuló reclamación administrativa previa en la que solicitaba se le reconociera la situación de incapacidad permanente absoluta, reclamación que fue desestimada por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 6-3-07. QUINTO. La demandante padece las siguientes dolencias y secuelas: polialgias, artrosis lumbar, cervicoartrosis incipiente, mínimo acuñainiento L2 sin déficit ni focalidad neurológica, epilepsia parcial (crisis parciales complejas y no complejas y generalizadas convulsivas y no convulsivas) en tratamiento desde 2.005. SEXTO. La base reguladora mensual asciende a 507,64 euros."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por Dª Marina, absuelvo al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y a la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de las pretensiones deducidas en su contra.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado DOÑA FUENCISLA MARTIN DE OLIVA, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- Recurre la parte actora al amparo del apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, la sentencia de instancia que le fue contraria a sus intereses, y en la que reclamaba una invalidez permanente absoluta o total, para que ésta sea...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR