STSJ Asturias 279, 15 de Febrero de 2006

PonenteJOSE MANUEL GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2006:279
Número de Recurso4/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución279
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD SEC.1 OVIEDO SENTENCIA: 00150/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo RECURSO: PA 4-05 RECURRENTE: D. Clemente Y OTRA PROCURADOR:D. RAMON BLANCO GONZALEZ RECURRIDO: PRINCIPADO DE ASTURIAS SR. LETRADO DEL PRINCIPADO SENTENCIA nº 150/06 Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Rafael Fonseca González.

Magistrados:

D. José Manuel González Rodríguez.

D. Alfonso Pérez Conesa.

En Oviedo, a quince de febrero de dos mil seis.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo, Procedimiento Abreviado número 4/05, interpuesto por D. Clemente Y DÑA. María Rosario , representados por el Procurador D. Ramón Blanco González, actuando bajo la dirección letrada de D. Pablo González López, contra el PRINCIPADO DE ASTURIAS, representado por el Sr. Letrado del Principado. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D José Manuel González Rodríguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso mediante la pertinente demanda, admitida ésta a trámite por el procedimiento abreviado, se señaló día para la celebración de la vista requiriendo a la Administración para que remitiese el expediente. Recibido el cual, se dio traslado a las partes personadas para las alegaciones que procedieran.

SEGUNDO

Comparecidas las partes en el día señalado, se declaró abierta la vista, oyéndose a las partes sobre cuestiones de competencia y procedimiento y, ratificado el demandante en los fundamentos de su pretensión se contestó a la demanda por , y ante la oposición formulada, se recibió el proceso a prueba practicándose en el acto las propuestas por las partes y admitidas por el Tribunal.

TERCERO

Practicada la prueba, efectuadas las conclusiones y oídas las partes, se declararon conclusos los autos mandándolos traerlos a la vista para sentencia cuando por turno corresponda.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se formula por los recurrentes en el presente procedimiento abreviado demanda frente a la inactividad de la Consejería de Infraestructuras y Política Territorial del Principado de Asturias como consecuencia de no atenderse por esta a un requerimiento de entrega de la cantidad de 2.979,40 euros fijada en la Hoja de Aprecio de la Administración con motivo de la expropiación de la finca 34-0 con motivo de la Obra Pública:

Acondicionamiento General de la Carretera AS-213, Cangas del Narcea-Puerto de Leiteraigos.

SEGUNDO

Funda su pretensión la parte demandante en la consideración de que nos encontramos ante un supuesto de inactividad del art. 29.2 de la Ley 29/98 en base a lo dispuesto en los art. 50 de la LEF y 51.4 de su Reglamento , solicitando, en consecuencia, el abono de la referida cantidad más intereses legales incrementados en dos puntos desde la recepción por la demandada de...

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