STSJ Canarias , 23 de Noviembre de 2001

PonenteJAIME BORRAS MOYA
ECLIES:TSJICAN:2001:4268
Número de Recurso709/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (LAS PALMAS)

Ref.- R.C.A. n° 709/98 SENTENCIA Núm 1153/2001 Ilmos. Sres.

Presidente: Don Jesús Suárez Tejera.

Magistrados: Don Jaime Borrás Moya.

Don Francisco José Gómez Cáceres.

En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a veintitrés de noviembre de 2.001.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, el presente recurso n°.709/98, en el que son partes, como recurrente, Rafael , representado por el letrado Sr. Rodríguez Suarez, y como demandada, el Ayuntamiento de Telde, representado por el Procurador Sr. Pérez Alemán, versando la misma sobre impugnación de resolución municipal disponiendo el traslado del recurrente, funcionario de la Corporación demandada, de la plaza que venía desempeñando en el Colegio público León y Castillo, y siendo su cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Telde número 726, de fecha 12 de febrero, se acordó el traslado del funcionario Rafael de la plaza que el mismo venía desempeñando como vigilante mantenedor de colegios en el Colegio público León y Castillo, al centro de adultos Lomo del Cementerio. Por decreto de fecha 17 de febrero se corrigió el anterior indicando que el nuevo destino correspondiente al Sr. Rafael era el centro Francisco Tarajano, señalando igualmente la obligación del mismo de abandonar la vivienda que venía ocupando en el Colegio León y Castillo, dictando nuevo decreto, de fecha 23 de febrero y número 1.079, en virtud de solicitud de aclaración realizada por el Sr. Rafael , confirmando lo indicado en el decreto 793, de fecha 17 de febrero.

SEGUNDO

Frente a tal resolución de fecha 23 de febrero de 1.998 se interpuso recurso contencioso administrativo por el letrado Sr. Rodríguez Suarez en representación de Rafael , formulándose en el mumento correspondiente la demanda interesando la anulación del acto administrativo impugnado.

TERCERO

Por su parte, la Administración demandada se opuso al recurso interesando su inadmisión y, subsidiariamente, su desestimación.

CUARTO

Finalizado el periodo probatorio se trajeron los autos a la vista con citación de partes para sentencia, con señalamiento del día veintitrés de noviembre del presente año para votación y Fallo, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Jaime Borrás Moya, que expresa el parecer unánime de...

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