STSJ Cataluña , 5 de Abril de 2001

PonenteMANUEL TABOAS BENTANACHS
ECLIES:TSJCAT:2001:4670
Número de Recurso1917/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Autos nº 1917/96 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA RECURSO N° 1917/96 PARTES Emilio C/ AYUNTAMIENTO DE BARCELONA S E N T E N C I A N° 285 Ilustrísimos Señores MAGISTRADOS D. JOSÉ JUANOLA SOLER.

D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

D. LUIS MARÍA DÍAZ VALCÁRCEL.

BARCELONA, a cinco de abril de dos mil uno. Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso contencioso administrativo nº 1917/96, seguido a instancia de Don Emilio , representado/a por el/la Procurador Don/Doña ANNA CAMPOS HERREROS, contra el AYUNTAMIENTO DE BARCELONA, representado por el/la Procurador Don/Doña CABLES ARCAS HERNÁNDEZ, sobre Urbanismo-Proyecto de Reparcelación.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El 13 de septiembre de 1996 la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Barcelona adoptó

    Acuerdo por virtud del que, en esencia, Aprobó Definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación nº 1 del Plan Especial de Reforma Interior del front marítim del Poble Nou. 2º.- Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, el que admitido a trámite se publicó anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictase Sentencia estimatoria de la demanda articulada. Se pidió el recibimiento del pleito a prueba.

  2. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  3. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

  4. - Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación: y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 5 de abril de 2001, a la hora prevista.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión anulatoria ejercitada a nombre de Don Emilio , contra él Acuerdo de 13 de septiembre de 1996 de la comisión de Gobierno del AYUNTAMIENTO DE BARCELONA por virtud del que, en esencia, Aprobó Definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación nº 1 del Plan Especial de Reforma Interior del front marítim del Poble Nou. SEGUNDO - Como fácilmente resulta de la demanda articulada por la parte actora el...

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