STSJ País Vasco , 20 de Enero de 2003

PonenteLUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA
ECLIES:TSJPV:2003:274
Número de Recurso814/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 814/98 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 10/2003 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. ENRIQUE TORRES Y LOPEZ DE LACALLE MAGISTRADOS:

D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA Dª MARIA DEL MAR DIAZ PEREZ En la Villa de BILBAO, a veinte de enero de dos mil tres.

La Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 814/98 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la impugnación directa de determinados preceptos de una disposición de carácter general surgida de las Juntas Generales de Alava- Arabako Biltzar Nagusiak, como es la Norma Foral 33/1.997, de 19 de Diciembre, de Ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Álava para 1.998, publicada en el B.O.T.H.A nº 150 de 31-12-97 Son partes en dicho recurso: como recurrente COMUNIDAD AUTONOMA DE LA RIOJA, representado por el Procurador D. JAIME GOYENECHEA PRADO y dirigido por el Letrado D. ALBERTO BRETÓN RODRIGUEZ.

Como demandada JUNTAS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE ALAVA representado por el Procurador D. ALFONSO JOSE BARTAU ROJAS y y dirigido por el Letrado D. ENRIQUE CHÁVARRI MARTINEZ.

CODEMANDADA; DIPUTACION FORAL DE ALAVA, representado por la Procuradora Dª MARIA ASUNCION LACHA OTAÑES y dirigido por el Letrado D. JESUS MARIA CIGANDA IRIARTE.

COADYUVANTE; CAMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE ALAVA, representado por la Procuradora Dª ANA ROSA ALVAREZ SANCHEZ y dirigido por Letrado.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA, Magistrado de esta Sala.

I.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 20 de febrero de 1998 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. JAIME GOYENECHEA PRADO y Dª ANA ROSA ALVAREZ SANCHEZ, actuando en nombre y representación de COMUNIDAD AUTONOMA DE LA RIOJA Y CAMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE ALAVA respectivamente, interpuso recurso contencioso-administrativo contra la impugnación directa de determinados preceptos de una disposición de carácter general surgida de las Juntas Generales de Alava-Arabako Biltzar Nagusiak, como es la Norma Foral 33/1.997, de 19 de Diciembre, de Ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Álava para 1.998, publicada en el B.O.T.H.A nº 150 de 31-12-97; quedando registrado dicho recurso con el número 814/98.

La cuantía del presente recurso fue fijada por la parte recurrente como indeterminada.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que estimando el presente recurso, declare la nulidad de la Disposición Adicional Undécima y Disposición Transitoria, párrafo tercero, de la Norma Foral nº 33/1997, de 19 de Diciembre de ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Alava para el ejercicio 1998.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que desestimando la demanda se confirme la plena legalidad de las disposiciones impugnadas contenidas en la Disposición Adicional Undécima y Disposición Transitoria párrafo tercero, de la Norma Foral número 33/1997, de 19 de diciembre, de ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Alava para el ejercicio de 1998.

- En el escrito de contestación de la parte codemandada se solicitó de esta Sala el dictado de una sentencia por la que se declare la inadmisibilidad del recurso deducido por la Comunidad Autónoma de la Rioja al haber sido ya anuladas las disposiciones objeto de impugnación o, subsidiariamente, desestime la demanda deducida por dicha Comunidad.

- En el escrito de contestación de la parte coadyuvante se solicitó de esta Sala el dictado de una sentencia por la que se desestime el presente recurso.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que obra en autos.

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución de fecha 07/01/03 se señaló el pasado día 14/01/03 para la votación y fallo del presente recurso.

SÉPTIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

II.-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

_

PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la impugnación directa de determinados preceptos de una disposición de carácter general surgida de las Juntas Generales de Alava-Arabako Biltzar Nagusiak, como es la Norma Foral 33/1.997, de 19 de Diciembre, de Ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Álava para 1.998, publicada en el B.O.T.H.A nº 150 de 31-12-97, y en particular se contrae a las siguientes partes de la misma:

-Disposición Adicional Undécima, sobre crédito fiscal del 45 por 100 respecto de procesos de inversión que excedan de 2.500 millones de pesetas, con efectos exclusivos para 1.998.

-Disposición transitoria, párrafo tercero, que hace extensible tal disposición a los procesos de inversión acordados en los ejercicios de 1.996 y 1.997 que cuenten con reconocimiento expreso de la Diputación Foral de aplicación del contenido de la misma.

Sin embargo,...

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