STSJ Extremadura , 6 de Junio de 2000

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2000:1232
Número de Recurso218/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente SENTENCIA N° 875 PRESIDENTE DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA B. DE LA CRUZ MERA DON ISAAC MERINO JARA /

En Cáceres a seis de Junio de dos mil - Visto el recurso contencioso administrativo n° 218 de 1997 promovido por el Procurador de los Tribunales Sr. Campillo Alvarez, en nombre y representación de CANTERAS EXTREMEÑAS, S.L. siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representado por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura, recaído en reclamación n° 10/166/96.

C U A N T I A 2.762.651 pesetas

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO: Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO: Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DON ISAAC MERINO JARA -

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Mediante el presente recurso contencioso administrativo, interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Jorge Campillo Alvarez, en nombre y representación de "CANTERAS EXTREMEÑAS, S.L., se impugna la Resolución del T.E.A.R. de Extremadura de 30 de octubre de 1996 desestimatoria de la reclamación económico-administrativa núm. 10/166/96, entablada frente a quince liquidaciones correspondientes al año 1995 practicadas por la Dependencia de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Cáceres, por el Canon de Superficie de Minas, año 1995.

CUNDO.- Antes de todo conviene destacar que en el anexo que se une a cada liquidación se indica que su importe se ha determinado aplicando sobre las tarifas del referido tributo originariamente establecidas por la legislación fiscal y minera el índice de actualización 4,6627, que resulta de las elevaciones para los tipos de cuantía fija de las tasas estatales sucesivamente contenidas en diversas Leyes que cita expresamente, comenzando por la Ley 74/1980, de 29 de diciembre, de PGE para 1981 (artículo 45) y concluyendo con la Ley 41/1994, de 29...

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