STSJ Canarias , 18 de Octubre de 2001

PonenteJOSE MANUEL CELADA ALONSO
ECLIES:TSJICAN:2001:3789
Número de Recurso509/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Social

RECURSO NUMERO: 509/01 PRESIDENTE:

ILTMO.SR.DON.JOSE MARIA DEL CAMPO Y CULLEN.

ILTMO.SR.DON.JOSE MANUEL CELADA ALONSO.

ILMA. SRA. Dª Mª DEL CARMEN SANCHEZ PARODI PASCUA.

En Santa Cruz de Tenerife, a dieciocho de octubre de dos mil uno. La Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 509/01, interpuesto por TGSS, frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. DOS en los Autos R.- 323/00 en reclamación de IMPUGNACION ALTA MEDICA, ha sido Ponente el ILTMO. SR. DON JOSE MANUEL CELADA ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Ildefonso , en reclamación de IMPUGNACION ALTA RETA siendo demandado TGSS y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 25 de abril de 2001, por el Juzgado de referencia, con carácter estimatoria de la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El actor DON Ildefonso figura en la escritura de fecha 24.10.80 por la que se constituye la Sociedad Anónima DIRECCION000 , además de como socio fundador, con el 25% de las acciones, designado Administrador Solidario junto con el resto de los socios fundadores (DON Esteban , DOÑA Milagros Y DOÑA Raquel), y Consejero Delegado con todas y cada una de las facultades del Art. 10 de los Estatutos Sociales.-

SEGUNDO

No consta la convivencia del actor con los demás componentes de la Sociedad.- TERCERO.- En fecha 1.10.99 se dicta resolución por la TGSS comunicando al actor que se ha procedido de oficio a mecanizar su alta en Reta con fecha 1.1.98.- CUARTO.- En fecha 10.4.01 se dictó por el Juzgado de lo Social numero 1 sentencia en la que se declara probado, con base en documental y testifical, que el actor cuenta con casi 82 años, es titular del 12% de las acciones, y aunque ostenta los cargos ya citados, lo es de forma sólo honorífica, puesto que son los demás socios, sus hijos, quiénes gestionan la Sociedad.- QUINTO.- Se ha interpuesto reclamación previa.

TERCERO

Que por el Juzgado de lo Social núm. dos, se dictó Sentencia, cuyo Fallo literal dice:

"Que estimando la demanda interpuesta por DON Ildefonso y la empresa DIRECCION000 . debo revocar y revoco la resolución de la TGSS, de 1.10.99, y todas las dictadas posteriormente con el mismo contenido, declarando improcedente el alta del actor cursada de oficio en Reta, y condenando al citado Organismo a estar y pasar por esta declaración, con los efectos inherentes".

CUARTO

Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo...

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