STSJ Cataluña , 24 de Febrero de 2005

PonenteMARIA MERCEDES CASTILLO SOLSONA
ECLIES:TSJCAT:2005:2332
Número de Recurso1047/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA RECURSO ORDINARIO (LEY 1998) Nº 1047/2000 Partes: COMERCIAL ADUANERA LLORENTE S.A. C/ TEARC S E N T E N C I A Nº 154 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN MAGISTRADOS D. JUAN BERTRÁN CASTELLS Dª Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a veinticuatro de febrero de dos mil cinco .

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

1047/2000, interpuesto por COMERCIAL ADUANERA LLORENTE S.A., representado por el Procurador JOSE PUIG OLIVET-SERRA, contra TEARC, representado por la Abogacía del Estado.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador JOSE PUIG OLIVET-SERRA actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra RESOLUCION FECHA 5-4-00 DEL TEAR DICTADA EN RECLAMACION 17/1657/97 CONTRA ACUERDO DE LA AEAT GIRONA, CONCEPTO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 1992 .

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

.Continuando el proceso su curso por los tramites que aparecen en autos., se señaló dia y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de COMERCIAL ADUANERA LLORENTE, S.A., la Resolución del TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA de 5 de abril de 2000 por la que se acordó estimar en parte la reclamación económico-administrativa núm. 17/1657/97 interpuesta por la actora contra acuerdo dictado por el Jefe de la Dependencia de Inspección de la Delegación en Girona de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por el concepto de Impuesto sobre Sociedades, ejercicio de 1992 y una cuantía de 3.413.174 pesetas.

SEGUNDO

Atendiendo al carácter parcialmente estimatorio del presente recurso contencioso-administrativo, la única cuestión a resolver en el pleito que se sustancia estriba en determinar si la participación del administrador de la sociedad recurrente en los beneficios de la misma reúne los...

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