STSJ Comunidad de Madrid 1160/2007, 5 de Julio de 2007
Ponente | MIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS |
ECLI | ES:TSJM:2007:7776 |
Número de Recurso | 2074/2003 |
Número de Resolución | 1160/2007 |
Fecha de Resolución | 5 de Julio de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
SENTENCIA: 01160/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE
MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
SENTENCIA 1160
RECURSO NÚM.: 2074-2003
PROCURADORA: D.ª Belén Aroca Flórez
Ilmos. Sres.:
Presidente
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados
D. J. Ignacio Parada Vázquez
Dña. María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo
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Madrid, 5 de julio de 2007
Visto por la Sala del margen el recurso núm. 2074-2003 interpuesto por la procuradora D.ª Belén Aroca Florez en
representación de FORMADRID, S.L., contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 28 de
abril de 2003, por la que se desestimaba la reclamación económico administrativa nº 28/13654/01; habiendo sido parte
demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.
No estimándose necesario el recibimiento a prueba, la celebración de vista pública o el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo la audiencia del día 03/07/2007, en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Santos Gandarillas Martos
Se impugna en el presente recurso la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 28 de abril de 2003, por la que se desestimaba la reclamación económico administrativa nº 13654/01, interpuesta contra sanción grave por dejar de ingresar en plazo deuda tributaria.
De las actuaciones inspectoras se puso de manifiesto que el sujeto pasivo dejó de ingresar parte de las cuotas de IVA en los citados ejercicios, en los plazos legalmente establecidos, regularizando su situación con los ingresos complementarios en ejercicios posteriores.
La recurrente en su escrito de demanda solicita la nulidad de la liquidación por sanción. Considera que se trata de un ingreso extemporáneo sin previo requerimiento de la Administración, por lo que nunca debió ser objeto...
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