STSJ Cantabria , 23 de Junio de 2000

PonenteMARIA JOSEFA ARTAZA BILBAO
ECLIES:TSJCANT:2000:1208
Número de Recurso555/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Josefa Artaza Bilbao Doña Maria Jesús Vegas Torres En la Ciudad de Santander, a 23 de Junio de 2000. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 555/99,interpuesto por DON Jorge y los acumulados recursos números 556/99, 557/99, 558/99, 559/99, 560/99, 561/99, 562/99, 563/99, 568/99, y 665/99, interpuestos respectivamente, por DON Jose Miguel , DON Pedro Enrique , DON Fernando , DON Pablo , DON Luis Antonio , DON Augusto , DON Humberto , DON Sebastián , DON Juan Antonio , DON Cosme , representados todos ellos por el Procurador Don Federico Arguiñarena Martínez y defendidos por el Letrado Don Roberto de la Torre Fernández, a excepción del Sr. Cosme , que lo es por el Letrado Don José Angel Cecín Diego contra la ADMINISTRACION DEL ESTADO (TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA), representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es indeterminada no superando ninguno de los recursos contencioso-adinistrativo los 25.000.000 de pesetas. Es ponente la Iltma. Sra. Doña María Josefa Artaza Bilbao, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso los días 2 de Agosto y 30 de Septiembre de 1999 contra las Resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria de fechas 31 de Mayo de 1999, por la que se desestima la reclamaciones económicas administrativas entabladas por los recurrentes frente a la liquidaciones en concepto de I.V.A. correspondientes al año 1995, y la sanción impuesta por infracción grave al considerar haberse efectuado ingresos inferiores a los procedentes según los módulos comprobados del Régimen Simplificado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.

TERCERO

En su contestación a la demanda, la Administración del Estado recurrida solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugna

CUARTO

Recibido el proceso a prueba, y reproducida la prueba documental propuesta, se señaló fecha para la deliberación, votación y fallo, la que tuvo lugar el día 19 de Junio de 2000, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Tiene por objeto el presente pleito las Resoluciones del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Cantabria de fechas 31 de Mayo de 1999, por la que se desestima la reclamaciones económicas administrativas entabladas por los recurrentes frente a la liquidaciones en concepto de I.V.A. correspondientes al año 1995, y la sanción impuesta por infracción grave al considerar haberse efectuado ingresos inferiores a los procedentes según los módulos comprobados del Régimen Simplificado.

SEGUNDO

La...

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