STSJ Asturias , 20 de Diciembre de 2004

PonenteMARIA OLGA GONZALEZ-LAMUÑO ROMAY
ECLIES:TSJAS:2004:6000
Número de Recurso1365/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD SEC.2 OVIEDO SENTENCIA: 01298/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA RECURSO: 1365 / 19 99 RECURRENTE: Leonardo PROCURADOR : ANGEL GARCIA-COSIO ALVAREZ RECURRIDO: T RIBUNAL E CONÓMICO A DMINISTRATIVO R EGIONAL DE A STURIAS ABOGADO DEL ESTADO S E N T E N C I A NUM. 1298/04 ILMO SR. PRESIDENTE:

D. LUIS QUEROL CANCELLER ILMOS SRES. MAGISTRADOS D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO Dª OLGA GONZALEZ LAMUÑO ROMAY En Oviedo, a veinte de diciembre de dos mil cuatro .

Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1365 del año 1.999 , interpuesto por el Procurador Don Án gel García- Cosió Álvarez , en nombre y representación de D. Leonardo , con la dirección letrada del recurrente, abogado de profesión, contra la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Asturias, de fecha 2 de J ulio de 199 9 , desestimatoria de desestimatoria de la reclamación impugnando, de una parte, la liquidación contenida en acta de conformidad n º NUM000 , incoada por la Inspección de Tributos de la Delegación de Oviedo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Gijón, relativa al

Impuesto sobre el Valor Añadido, ejercicios 1992 por el concepto "Retenciones, otros pagos a c uenta, ren dimientos Trabajo profesional . Ha sido parte el TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ASTURIAS, representado por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante e l pertinente escrito de fecha 14 de septiembre de 2000 , en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó suplicando se dicte sentencia por la que estimando el recurso, anule la resolución impugnada, condene a la Administración recurrida a indem nizar a mi mandante a los gastos de los avales que hubo de solicitar para la suspensión de la ejecución del acto recur rido y le imponga las costas; expidiendo mandamiento para la cancelación de los avales.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, y terminó suplicando que previos los trámites oportunos, dicte en su día sentencia desestima ndo el recurso , por haberse ajustado a Derecho la resolución recurrida.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y admitidas con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

QUINTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 1 5 de diciembre pasado, en que tuvo lugar dicho acto.

Siendo Ponente l a Ilma . Sr a. Magistrad a D ª . OLGA GONZALEZ LAMUÑO ROMAY .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna por el recurrente D. Leonardo en el presente recurso contencioso administrativos la resolución dictada por el Tribunal Económico A dministrativa Regional de Asturias el 2 de ju l io de 1999, desestimatoria de la reclamación de la misma naturaleza impugnando la liquidación contenida en acta de conformidad n º 61 885 455 , incoada por la Inspección de Tributos de la Delegación de Oviedo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por el concepto "Retenciones, otros pagos a cuenta, rendimientos del trabajo profesio nal ejercicio 1992 " resu ltando una deuda tributaria de 792.206 pesetas, así como el acuerdo por el que se eleva la sanción r educida en el acto de conformidad recurrida por importe de 215.686 pesetas.

Con la demanda presentada se solicita se dicte sentencia por la que con estimación del recurso se anule la resolución impugnada, condenando a la Administración recurrida a indemnizarle por los gastos de los avales que hubo de solicitar para la suspensión de la ejecución del acto recurrido.

SEGUNDO

Alego la recurrente como fundamento de su pretensión impugnatoria la n ulidad del acta incoada por defectos formales ocasionándose indefensión a la actora, toda vez que no contiene los elementos ese nciales del hecho imponible y de su atribución al sujeto pasivo, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 124.1 a) y 145, 1.b) de la Ley General Tributaria , y el 49.2) d) del Reglamento General de la Inspección , al no indic ar a que operaciones o factura se refiere en cada caso, con su importe; no expresa el acta por qué considera que en esos pagos debió hacerse retención , por qué considera que los hechos constituyen infracción, por qué la califica de grave, por que entiende que el sujeto pasivo no...

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