STSJ Castilla-La Mancha , 14 de Diciembre de 2000

PonenteVICENTE MANUEL ROUCO RODRIGUEZ
ECLIES:TSJCLM:2000:3711
Número de Recurso219/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

1 Recurso núm. 219 de 1998 Albacete S E N T E N C I A Num 1033 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. Vicente Manuel Rouco Rodríguez Magistrados:

D. Mariano Montero Martínez D. Jaime Lozano Ibáñez En Albacete a catorce de Diciembre de dos mil. Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos nº 219 de 1998 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de CONSTRUCCIONES DE VIVIENDAS URBANAS SA - COVIURSA - , que ha estado representada por la Procuradora Doña Teresa Aguado Simarro y dirigida por el Letrado D. Pablo Cardona Martín, contra el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, que ha estado representado y dirigido por el Sr. Abogado del Estado, sobre resolución desestimatoria de reclamación económico-administrativa interpuesta frente a liquidación por el Impuesto de Sociedades ejercicio de 1991; siendo Ponente el Iltmo.

Sr. Magistrado Don Vicente Manuel Rouco Rodríguez, Presidente de Sala; y

ANTECEDENTES DE HECHO

Por la parte actora se interpuso en 6 de febrero de 1998 recurso contencioso administrativo frente a los actos administrativos aludidos en el encabezamiento de la presente, y admitido a trámite, se le entregó el expediente administrativo recibido para que formalizara la demanda, lo que hizo en su momento por medio de escrito en el que, después de exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó con la suplica literal de sentencia por la que se anule la Resolución recurrida y se indemnice a mi representada por los gastos de constitución y mantenimiento del aval bancario para suspender la ejecución del acto administrativo impugnado.

De la demanda se dio traslado al Sr. Abogado del Estado para que la contestase, lo que hizo por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, se opuso al recurso solicitando sentencia que acuerde la desestimación del mismo, declarando la conformidad a Derecho de los actos impugnados.

Sin necesidad de recibimiento a prueba, las partes formularon sus respectivos escritos de conclusiones, y finalmente quedaron las actuaciones pendientes de votación y fallo, que se señaló en turno correspondiente, teniendo lugar efectivamente el día designado, 30 de noviembre de 2000, siendo modificada la composición de la Sala por estar disfrutando Doña Mariana permiso por asuntos particulares y siendo sustituida por el Iltmo. Sr. Magistrado D. Mariano Montero Martínez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El recurso tiene por objeto la revisión de la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, por la que se desestimó la reclamación económico-administrativa número 02/1274/96, interpuesta contra la resolución de la Inspección Regional de la Delegación Especial de Castilla-La Mancha de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se confirmó el acta de disconformidad de 23 de julio de 1996, levantada en relación con el Impuesto de Sociedades del ejercicio de 1991, de la que resultaba un aumento de la base imponible respecto a la declarada de 3.142.565 ptas, resultando una base imponible a imputar a los socios de 27.241.258 ptas, lo que supone una sanción para la sociedad del 20 % del incremento de base imponible por importe de 628.513 ptas que se consideró infracción tributaria grave a tenor del artículo 79 e) de la L.G.T. El recurrente alega en primer lugar la nulidad del acta por concurrir en el funcionario actuante dos causas de abstención o recusación, a saber, la relación de servicio con la persona jurídica que tiene interés directo en el asunto (la Agencia Estatal de Administración Tributaria) y el interés personal en el asunto, derivado de la percepción por el funcionario de un complemento de productividad relacionado precisamente con el resultado de su trabajo de inspección y...

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