STSJ Comunidad de Madrid , 14 de Febrero de 2001

PonenteMIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS
ECLIES:TSJM:2001:2036
Número de Recurso419/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA RECURSO NÚM: 419/98 LETRADO SR: MARTIN RODRIGUEZ SENTENCIA Núm 230 Ilmos. Sres.:

Presidente D. Jose Alberto Gallego Laguna Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez D. Santos Gandarillas Martos Dña. María Antonia de la Peña Elías D. Jose Ignacio Zarzalejos Burguillo En la Villa de Madrid a catorce de febrero de dos mil uno. Visto por la Sala del margen el recurso núm 419 de 1.998, interpuesto por FITENI, S.A, representado por el LETRADO Sr MARTIN RODRIGUEZ, contra Fallo del Tribunal Económico Administrativo de Madrid de 4 de diciembre de 1997, reclamación 28/08018/96 en concepto de SOCIEDADES; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia por la que se estime el recurso anulando por improcedente y contraria a Derecho la resolución recurrida, y reconociendo a su parte el derecho al reembolso del coste del aval bancario presentado.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 14 de febrero de 2001, en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Santos Gandarillas Martos

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 4 de diciembre de 1997, por la que se desestimaba la reclamación económico-administrativa núm. 28/08018/96, interpuesta contra liquidación practicada por la Dependencia de la Inspección de la Delegación Especial de Madrid de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, derivada de acta de inspección por el Impuesto sobre Sociedades, correspondiente al ejercicio de 1990.

Se impugna la sanción por importe de 1.692.176 pts, como consecuencia del incremente de base que detectó la Inspección y con la que la sociedad la mostró su conformidad, discrepando exclusivamente respecto de la sanción impuesta.

SEGUNDO

La Administración tributaria consideró como mayor valor de existencias finales de un terreno comprado por la entidad, que ascendía a 9.669.579 pts., correspondiendo en su mayor parte a una factura de pago de horarios a una entidad mediadora, a gastos de redacción y reproducción del Proyecto de Compensación del Sector 1 de San Fernando de Henares, facturas de publicaciones en un diario de tirada nacional. La Inspección que aceptó esta valoración, sin embargo la computó contablemente en la integración del valore de las existencias finales del terreno, para que sus efectos se valoraran en el ejercicio en que se hiciera la cuenta de resultados de la promoción, restando de los ingresos los gastos habidos y con ello el beneficio resultante de las ventas. El criterio se sostenía al...

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