STSJ Comunidad de Madrid 60/2007, 17 de Enero de 2007

PonenteJOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA
ECLIES:TSJM:2007:1104
Número de Recurso2155/2003
Número de Resolución60/2007
Fecha de Resolución17 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00060/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE

MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

SENTENCIA 60

RECURSO NÚM.: 2155-2003

PROCURADORA: Dª. VALENTINA LÓPEZ VALERO

Ilmos. Sres.:

Presidente

D. José Alberto Gallego Laguna

Magistrados

D. J. Ignacio Parada Vázquez

Dña. María Antonia de la Peña Elías

D. Santos Gandarillas Martos

D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo

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Madrid, 17 de enero de 2007

Visto por la Sala del margen el recurso núm. 2155-2003 interpuesto por la procuradora D.ª

Valentina López Valero en representación de D. Everardo y Doña Eugenia contra la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo

Regional de Madrid el día 27 de marzo de 2003, sobre Impuesto sobre la Renta de las Personas

Físicas, ejercicio 1.998, reclamación nº NUM000 ; habiendo sido parte demandada la

Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

Estimándose necesario el recibimiento a prueba, con el resultado que obra en autos y no la celebración de vista pública ni el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo la audiencia del día 16/01/2007 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Alberto Gallego Laguna

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso contencioso administrativo la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid el día 27 de marzo de 2003 en la que acuerda desestimar la reclamación económico administrativa número NUM000 interpuesta contra acuerdo de la Administración de El Escorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por el que se desestima recurso de reposición interpuesto contra liquidación provisional relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1.998 e importe de 919,76 € (153.036 pesetas) a devolver.

La indicada liquidación provisional no admitió los importes consignados por el contribuyente en concepto de gastos deducibles de adquisición de vivienda habitual ni la desgravación por el mismo concepto, por estar la vivienda en Alicante, considerando que el contribuyente venía prestando sus declaraciones de I.R.P.F. e I.V.A. en el ámbito de la Administración de El Escorial, según se expresa en la resolución del recurso de reposición.

SEGUNDO

Los recurrente sostienen en su demanda, en resumen, que se trasladaron en 1.993 a vivir a Galapagar a la casa propiedad de la madre de la declarante, y en marzo de 1.996 se trasladaron a Campello (Alicante) por motivos de trabajo del recurrente, comprando una casa sita en la calle DIRECCION000, urbanización DIRECCION001, viviendo en dicho domicilio hasta mayo de 2000, desarrollando exclusivamente su trabajo en Alicante, reconociendo que no cumplieron la...

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