STSJ Aragón , 31 de Mayo de 2005

PonenteFERNANDO GARCIA MATA
ECLIES:TSJAR:2005:1426
Número de Recurso123/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Sección 2ª)

-Recurso número 123 del año 2.003- SENTENCIA Nº 399 de 2.005 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE:

D. Jaime Servera Garcías MAGISTRADOS:

D. Eugenio A. Esteras Iguácel D. Fernando García Mata En Zaragoza a treinta y uno de mayo de dos mil cinco En nombre de SM el Rey VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN (Sección 2º), el recurso contencioso-administrativo número 123 de 2.003, seguido entre partes; como demandante EULEN SEGURIDAD. S.A.. antes denominada Prose, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Luordes Oña Llanos y asistida por el abogado D. David G. Sánchez Reyero; y como Administración demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y asistida por el Sr. Abogado del Estado y como codemandado DON Darío , representado por la Procurador de los Tribunales Dª Belén Gabián Usieto y asistido del abogado D. David Burgos Marco. Es objeto de impugnación la resolución de la Sala Primera del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Aragón de 19 de diciembre de 2002 estimando la reclamación número 50/2569/01 contra descuentos realizados en concepto de regularización de retenciones a cuenta del IRPF, ejercicio 1999, en las nóminas correspondientes a los meses de septiembre y octubre de 2000 y liquidación fin de contrato.

Procedimiento: Ordinario.

Cuantía: 569,16 euros.

Ponente: Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando García Mata.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora en el presente recurso, por escrito que tuvo entrada en la Secretaría de este Tribunal en fecha 28 de marzo de 2.003, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución citada en el encabezamiento de esta resolución.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite del recurso y recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda, en la que tras relacionar el recurrente los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables concluía con el suplico de que se dictara sentencia por la que, con estimación del recurso se declare no conforme a derecho y anule la resolución impugnada exclusivamente en cuanto desestima la pretensión de pertinencia legal de las detracciones efectuadas.

TERCERO

La Administración demandada y la parte codemandada, en sus respectivos escritos de contestación a la demanda, solicitaron, tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que, por su parte, estimaron aplicables, que se dictara sentencia por la que se desestimase el recurso interpuesto.

CUARTO

Recibido el juicio a prueba e inadmitida la propuesta, y tras evacuarse por las partes el trámite de conclusiones, se celebró la votación y fallo el día señalado, 25 de mayo de 2.005.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso por la parte actora la resolución de la Sala Primera del Tribunal...

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