STSJ Aragón , 15 de Septiembre de 2003

PonenteJAIME SERVERA GARCIAS
ECLIES:TSJAR:2003:2306
Número de Recurso448/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Con posterioridad TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Recurso N° 448 del año 2000 SENTENCIA N° 739 DE 2003 Ilmos. Srs. Presidente D. Jaime Servera Garcías Magistrados D. Eugenio Esteras Iguacel D. Fernando García Mata Zaragoza, quince de septiembre de dos mil tres.

En nombre de SM. el Rey. Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de justicia de Aragón, Sección Segunda, el recurso número 448/2000, seguido entre partes, como demandantes, D. Carlos Manuel , Dña. Mariana , D. Bartolomé y Dña. Carmela , representados por el Procurador, D. Ramón Piñol Lázaro y defendidos por el Letrado, D. Javier Sagardoy Muniesa; como demandada la Administración Estatal, representada y defendida por el Abogado del Estado.

Son objeto de impugnación dos resoluciones del Tribunal Económico - Administrativo Regional de Aragón, de 16 de febrero de 2000, estimando en parte las reclamaciones 44/130/98 y 44/131 /98, contra liquidaciones por el IRPF, ejercicio 1993.

Procedimiento: Ordinario Cuantía: 7.210.282 pesetas Ponente: Iltmo. Sr. D. Jaime Servera Garcías.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado con fecha 2 de junio de 2000, la parte actora dedujo el presente recurso contencioso- administrativo contra la indicada resolución.

SEGUNDO

Previa la interposición del recurso, publicación de su incoación y aportación del expediente administrativo, la parte actora formuló demanda en súplica de que se dicte sentencia que declare las resoluciones impugnadas contrarias a Derecho y, en consecuencia, declare improcedentes las Actas de Liquidación impugnadas, revocándolas y dejándolas sin efecto alguno.

TERCERO

La Administración demandada, en su contestación a la demanda, suplicó la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba, se practicó la propuesta, con el resultado que consta en autos.

De tal actividad QUINTO.- Finado el periodo probatorio, las partes evacuaron el traslado para conclusiones sucintas por escrito, señalándose para votación y fallo del recurso el día 10 de los corrientes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso- administrativo, determinar si son o no conformes al Ordenamiento jurídico las resoluciones indicadas en el encabezamiento de esta sentencia, por las que, estimando en parte las reclamaciones económico - administrativas igualmente reseñadas, vinieron a configurarse como definitivas las liquidaciones provisionales practicadas por la Inspección Tributaria, subsiguientes a las actas previas incoadas a los demandantes el 28 de mayo de 1998, números NUM000 y NUM001 , por el Impuesto y periodo de referencia, confirmándolas en lo restante, en particular, en cuanto que, confirmando la propuesta del actuario incorporada a las respectivas actas de disconformidad, establecían sendas deudas tributarias de 5.012.388 y 5.192.926 pesetas, respectivamente, comprensivas de cuota e intereses de demora, como consecuencia de incrementar el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR