STSJ Murcia , 23 de Marzo de 2004
Ponente | JOAQUIN MORENO GRAU |
ECLI | ES:TSJMU:2004:607 |
Número de Recurso | 61/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 23 de Marzo de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO nº. 61/01 SENTENCIA nº. 175/04 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:
D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 175/04.
En Murcia a 23 de marzo de dos mil cuatro.
En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 61/00, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.
Parte demandante:
"Promociones La Cerca, S.L.", representado por la Procuradora Dña. Soledad Cárceles Alemán y dirigida por el Abogado D. Salvador Pérez Alcaraz.
Parte demandada:
ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.
Parte codemandada:
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, representada y dirigida por el Sr. Abogado de la Comunidad.
Acto administrativo impugnado:
Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 25 de mayo de 2000, desestimatoria de la reclamación económico administrativa 30/1550/99 presentada contra resolución desestimatoria de recurso de reposición formulado contra liquidación L199508096707LC girada en concepto de Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.
Pretensión deducida en la demanda:
Que se declare nula las resoluciones impugnadas y la liquidación por ellas confirmada y se condene a la Administración a estar y pasar por tales declaraciones con todas sus consecuencias legales.
Siendo Ponente el Magistrado D. Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.
I-
El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 2-1-01, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
La partes demandada y codemandada se han opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.
Ha habido recibimiento del proceso a prueba con el resultado que consta en autos y cuya valoración se hará en los fundamentos jurídicos de la presente resolución.
Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 12-3-04.
II-
Dirige el actor el presente recurso contencioso administrativo frente a la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 25 de mayo de 2000, desestimatoria de la reclamación económico administrativa 30/1550/99 presentada contra resolución desestimatoria de recurso de reposición formulado contra liquidación L199508096707LC girada en concepto de Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.
Señala el recurrente los siguientes motivos de impugnación:
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- Vicio en la tramitación de la reclamación económico-administrativa pues la notificación de traslado para alegaciones no se hizo en debida forma, lo que le privó de la oportunidad de formularlas, habiendo recaído resolución sin tener en cuenta los fundamentos de su impugnación.
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- Prescripción del derecho de la Administración para determnar la deuda tributaria.
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- Falta de motivación de la comprobación de valores practicada.
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