STSJ Islas Baleares , 3 de Abril de 2001
Ponente | PABLO DELFONT MAZA |
ECLI | ES:TSJBAL:2001:551 |
Número de Recurso | 1039/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 3 de Abril de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIANº 376 En la ciudad de Palma de Mallorca a 3 de Abril del año dos mil uno. ILMOS SRS. D. Gabriel Fiol Gomila.
MAGISTRADOS D. Pablo Delfont Maza.
D. Fernando Socias Fuster.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares los autos N° 1039 de 1997, seguidos entre partes; como demandante, Sun Club Eldorado, Sociedad Anónima, representada por el Procurador D. Antonio Colom Ferra, y asistida del Letrado D. Carles Foz Moreno; y como Administración demandada, el Ayuntamiento de Llucmajor, representado por el Procurador D. Sebastián Coll Vidal, y asistido por del Letrado D. Bernardo Garcías.
El objeto del recurso es la resolución de Alcaldía, de 7 de mayo de 1997, por la que se desestimaba el recurso de reposición presentado contra la liquidación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana practicada en el expediente número 519/96.
La cuantía del recurso se ha fijado en 2.474.372 pesetas.
Se ha seguido la tramitación correspondiente al procedimiento ordinario.
Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pablo Delfont Maza, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso fue interpuesto el 28 de julio de 1997, admitiéndose a tramite por providencia del día 31 siguiente, reclamándose el expediente administrativo y anunciándose mediante edicto insertado en el Boletín Oficial de esta Comunidad Autónoma.
La demanda se formalizó el 2 de septiembre de 1998, solicitando la estimación del recurso o la práctica de nueva liquidación. Interesaba el recibimiento del juicio a prueba.
El Ayuntamiento contestó a la demanda el 19 de marzo de 1999, solicitando la desestimación del recurso. Se oponía al recibimiento del juicio a prueba.
Mediante Auto de 5 de septiembre de 2000, se acordó recibir el juicio a prueba, renunciándose por escrito presentado el día 13 siguiente.
Por providencia de 20 de septiembre de 2000, se acordó que las partes formularan conclusiones por escrito, verificándolo por su orden e insistiendo ambas en sus anteriores pretensiones.
Por providencia de 13 de Marzo de 2001, se señaló el día 3 de Abril siguiente para la votación y Fallo del recurso.
Hemos descrito en el encabezamiento cual es la resolución administrativa contra la que se dirige el presente recurso contencioso.
La aquí recurrente, Sun Club Eldorado, Sociedad Anónima, mediante escritura pública otorgada el 24 de noviembre de 1986, constituyó y vendió a Leasing Turístico, Sociedad Anónima, el derecho de superficie sobre la finca de su propiedad denominada la Caseta, en el término de Llucmajor.
Leasing Turístico, Sociedad Anónima, cedió a la recurrente en arrendamiento financiero, por el precio de 126.242.790 pesetas, la finca que resultase tras la construcción proyectada, pactándose igualmente el derecho de opción de compra a favor de la recurrente por valor de seis millones de pesetas, siendo ejercitado ese derecho por la recurrente, mediante escritura pública, el 21 de diciembre de 1994, pasando así de nuevo a ser propietaria de la superficie de dicha finca.
Pues bien, sobre la escritura de 1994 y con la base de la transmisión anterior en 1986, la Administración demandada, Ayuntamiento de Llucmajor, practicó liquidación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Desestimado el recurso de reposición presentado contra dicha liquidación y agotada de ese modo la vía administrativa, se ha instalado la controversia en esta sede, esgrimiéndose en la...
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