STSJ Murcia , 29 de Septiembre de 2000

PonenteFERNANDO CASTILLO RIGABERT
ECLIES:TSJMU:2000:2801
Número de Recurso1743/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO Nº1743/98 SENTENCIA Nº708/2000 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCION PRIMERA Compuesta por los Ilmos. Sres.:

D. José Abellán Murcia Presidente Dª Esperanza Sánchez de la Vega D. Fernando Castillo Rigabert Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 708/2000 En Murcia, a veintinueve de septiembre de dos mil. En el recurso contencioso admimistrativo nº 1743/98, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 4.999.741 ptas., y referido a Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Parte demandante:

Instituto Nacional de la Salud, representada y dirigida por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social.

Parte demandada:

Ayuntamiento de Abarán, representada y dirigida por el Abogado D. Luis Gómez Tornero.

Acto administrativo impugnado:

Resolución de la Comisión de Urbanismo del Ayuntamiento de Abarán, dictada en el expediente 27/97, de 11 de junio de 1998, por la que se desestima el recurso interpuesto contra la liquidación practicada del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras correspondiente a la construcción de un centro de salud.

Pretensión deducida en la demanda:

Se dicte sentencia por la que se declare que la base imponible del Impuesto de Construcciones, Obras e Instalaciones el el presupuesto de ejecución material de la obra, revocando dicha resolución, y declarando que la liquidación provisional debe tener como base imponible el presupuesto material de obra adjudicada cifrado en 163.487.191 ptas, reduciéndose la cuota en consecuencia a 4.555.641 ptas.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Fernando Castillo Rigabert, quien expresa el parecer de la Sala

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 24 de julio de 1998, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo que se dicte sentencia por la que se desestime la demanda interpuesta por la actora por ser ajustado a derecho el acto impugnado, imponiendo expresamente las costas a la parte demandante.

TERCERO

Ha habido recibimiento a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia.

CUARTO

Presentados los escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 21 de septiembre de 2000.

QUINTO

Por tener interés para la resolución de las cuestiones controvertidas en los presentes autos, se resaltan los siguientes antecedentes: El 13 de julio de 1997 el Ayuntamiento de Abarán concedió al Instituto Nacional de la Salud licencia de obra para la construcción de un centro de salud en dicha localidad.

El 14 de diciembre del mismo año el INSALUD comunicó al Ayuntamiento que el el concurso para la contratación de las obras había sido adjudicado, con un presupuesto de ejecución material de 163.487.191 ptas. El importe por el que se adjudicó la contrata fue de 229.018.020 ptas. De...

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