STSJ Comunidad de Madrid , 28 de Febrero de 2000
Ponente | VALERIANO PALOMINO MARIN |
ECLI | ES:TSJM:2000:2558 |
Número de Recurso | 1365/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 28 de Febrero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Ltdo. D. Carlos Manuel Galán Villasevil A. del E. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª
RECURSO Nº 1365 de 1996 PONENTE Sr. Valeriano Palomino Marín SENTENCIA Nº 207 Presidente Ilmo. Sr. D. Enrique Calderón de la Iglesia Magistrados Ilmos. Sres.
D. Valeriano Palomino Marín Dª. Mª Antonia de la Peña Elías En Madrid a veintiocho de febrero de dos mil. Visto el recurso nº 1365 de 1996 interpuesto por don Marcos y proseguido por sus herederos, representados y defendidos por el Letrado don Carlos Manuel Galán Villasevil, contra Acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 14 de marzo de 1996 desestimatorio de la reclamación nº
1408/93 sobre Impuesto de Actividades Económicas del ejercicio de 1992; habiendo sido parte la Administración estatal, representada y defendida por el Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 1.240.750 pesetas.
Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos y que se acuerde que se le gire la liquidación tributaria ajustada a Derecho considerando la misma de carácter municipal.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
Recibido el pleito a prueba se aportó la documental propuesta por la parte actora, con el resultado que obra en autos.
Dado traslado a las partes, por su orden, para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 25 de febrero en curso se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Valeriano Palomino Marín.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
La cuestión litigiosa tiene su origen en los siguientes...
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