STSJ Castilla-La Mancha , 5 de Febrero de 2001
Ponente | CRISTINA BEVIA FEBRER |
ECLI | ES:TSJCLM:2001:384 |
Número de Recurso | 422/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 5 de Febrero de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
AUTOS NUMERO 01/0000422/1998 ALBACETE SENTENCIA NUM TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección primera ILMOS SRES.
D. José Borrego López Presidente Don Mariano Montero Martínez Doña Cristina Beviá Febrer Magistrados En la Ciudad de ALBACETE, a cinco de Febrero de dos mil uno. VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los autos número 01/0000422/1998 del Recurso Contencioso-Administrativo seguido a instancia de GARBI & MORO ARQUITECTURA C.B., representada por el Procurador, Sr. Serna Espinosa y dirigida por el Letrado, Sr. Garvi Ortells Sanz, contra Resolución de 8.1.98, del Ayuntamiento de Albacete, representado y dirigido por el Letrado Sr. Serna Masiá, sobre solicitud de exención y devolución de los ingresos efectuados en las liquidaciones en concepto del Impuesto de Actividades Económicas, correspondiente a los ejercicios 1996 y 1997.
SIENDO PONENTE la Sra. Magistrada Doña Cristina Beviá Febrer.
Interpuesto y admitido el recurso, previos los trámites procedimentales pertinentes, la parte actora formalizó demanda con fecha 23 de Junio de 1998, en la que, tras ser expuestos los hechos y fundamentos jurídicos pertinentes para su defensa, terminó solicitando el dictado de sentencia estimatoria del recurso, por la que declare la revocación del acto impugnado, declarándolo nulo y no ajustado a
Derecho y, consecuentemente, se declare procedente el derecho de la actora a las bonificaciones en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas de los ejercicios 1996, 11997 y 1998, decretando la devolución de 206.835 ptas, abonadas debidamente en tal concepto impositivo.
La representación del Ayuntamiento contestó a la demanda mediante escrito de fecha 2 de Octubre de 1998, por el que se opuso a la pretensión deducida de contrario, y solicitó al mismo tiempo se dictara sentencia confirmatoria del acto recurrido.
Habiéndose recibido el recurso a prueba, con el resultado que obra en autos, las partes formularon conclusiones, en las que reiteraron las referidas peticiones y manifestaciones; señalándose fecha para votación y fallo del presente recurso, el día 20 de Enero de 2001, lo cual tuvo lugar en su momento.
El presente recurso contencioso-administrativo tiene por objeto la pretensión anulatoria ejercitada por la actora, contra resolución del Ayuntamiento de Albacete de 8.1.98, desestimatoria del recurso interpuesto contra las liquidaciones practicadas por el concepto de Impuesto Sobre Actividades Económicas, correspondiente a los ejercicios 1996 y 1997, epígrafe 843.2 "Servicios...
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Impuestos. Impuesto sobre actividades económicas: bonificaciones
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