STSJ Comunidad de Madrid , 13 de Marzo de 2000
Ponente | VALERIANO PALOMINO MARIN |
ECLI | ES:TSJM:2000:3247 |
Número de Recurso | 1316/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Ltdo. D. Marco Antonio Proc. Sr. Rodríguez Montaut. Ref. 33209 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª
RECURSO N° 1316 de 1996 PONENTE Sr. Valeriano Palomino Marín SENTENCIA N°280 Presidente Ilmo.. Sr. Enrique Calderón de la Iglesia Magistrados Ilmos. Sres.
D. Valeriano Palomino Marín Dª. Mª Antonia de la Peña Elías En Madrid a trece de marzo de dos mil. Visto el recurso n° 1316 de 1996 interpuesto por doña Daniela , don Isidro y don Marco Antonio , en su propio nombre y defensa como Abogados, los dos primeros contra sendos decretos de la Concejalía del Área de Hacienda del Ayuntamiento de Madrid de 10 de mayo de 1996 , confirmatorio de liquidación del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio de 1994; y el Sr. Marco Antonio contra la desestimación por silencio administrativo de su recurso ordinario; habiendo sido parte el Ayuntamiento demandado representado por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut con dirección de Letrado. La cuantía del recurso es de 220.935 pesetas.
Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos y devolución de las cantidades indebidamente satisfechas, con los correspondientes intereses y la cancelación de los avales o fianzas que pudieran constituirse.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
Recibido el pleito a prueba, se realizaron las aportaciones documentales propuestas por la parte actora, con el resultado que obra en autos.
Las partes cumplimentaron el trámite de conclusiones por el que se ordenó el procedimiento, señalándose para deliberación y Fallo del recurso el día 10 de marzo en curso.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo.. Sr. D. Valeriano Palomino Marín.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
En el presente proceso los recurrentes impugnan las mencionadas resoluciones municipales confirmatorias de liquidaciones del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio de 1994 por la actividad de Abogados.
Los recurrentes alegan que no son sujetos pasivos del Impuesto por no haber ejercicio aquella actividad por cuenta propia sino como integrantes de la Comunidad de Bienes Vergara 25 Abogados, exclusivamente bajo la titularidad de ésta y "con aportación a la misma de los ingresos devengados por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba