STSJ Comunidad Valenciana , 21 de Julio de 2000

PonenteLUIS MANGLANO SADA
ECLIES:TSJCV:2000:6351
Número de Recurso3182/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Rº 3182/95 SENTENCIA Nº 1134 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Iltmos. Srs.:

Presidente:

D. JOSÉ DÍAZ DELGADO.

Magistrados:

D. SALVADOR BELLMONT MORA.

D. LUIS MANGLANO SADA.

En la Ciudad de Valencia, a 21 de julio de dos mil. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso-administrativo nº 3182/95, interpuesto por el Letrado D. Jesús Bonet Sánchez , en nombre y representación de D. Cornelio , contra el Ayuntamiento de Valencia, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, repre-- sentada por el Letrado de sus servicios jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 20 de julio de dos mil, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS: Los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo ponente el Magistrado D. LUIS MANGLANO SADA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto por D. Cornelio contra las liquidaciones nº NUM000 y NUM001 practicadas por el Ayuntamiento de Valencia, en concepto de Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, por unos respectivos importes de 1.169 y 969.897 pts.

SEGUNDO

Según se desprende del expediente adminsitrativo y de la prueba documental y pericial practicada en este proceso, el 9-2-1990 el recurrente procedió a vender, junto a otros propietarios y en el pocentaje que les correspondía, dos solares sitos en la CALLE000 nº NUM002 (superficie de 30´17 m2) y otro en la CALLE001 nº NUM003 (de 2.858´30 m2), haciéndolo el actor en calidad de propietario en un porcentaje declarado del 12´984%, tal como consta en la declaración tributaria realizada el 28-3-1990.

Practicadas por la Corporación demandada dos liquidaciones por el citado tributo, el recurrente las impugna por diversas razones jurídicas, que deberán ser...

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