STSJ Comunidad Valenciana , 21 de Julio de 2000
Ponente | LUIS MANGLANO SADA |
ECLI | ES:TSJCV:2000:6351 |
Número de Recurso | 3182/1995 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 21 de Julio de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Rº 3182/95 SENTENCIA Nº 1134 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Iltmos. Srs.:
Presidente:
D. JOSÉ DÍAZ DELGADO.
Magistrados:
D. SALVADOR BELLMONT MORA.
D. LUIS MANGLANO SADA.
En la Ciudad de Valencia, a 21 de julio de dos mil. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso-administrativo nº 3182/95, interpuesto por el Letrado D. Jesús Bonet Sánchez , en nombre y representación de D. Cornelio , contra el Ayuntamiento de Valencia, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, repre-- sentada por el Letrado de sus servicios jurídicos.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.
La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.
Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación para el día 20 de julio de dos mil, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS: Los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo ponente el Magistrado D. LUIS MANGLANO SADA.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto por D. Cornelio contra las liquidaciones nº NUM000 y NUM001 practicadas por el Ayuntamiento de Valencia, en concepto de Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, por unos respectivos importes de 1.169 y 969.897 pts.
Según se desprende del expediente adminsitrativo y de la prueba documental y pericial practicada en este proceso, el 9-2-1990 el recurrente procedió a vender, junto a otros propietarios y en el pocentaje que les correspondía, dos solares sitos en la CALLE000 nº NUM002 (superficie de 30´17 m2) y otro en la CALLE001 nº NUM003 (de 2.858´30 m2), haciéndolo el actor en calidad de propietario en un porcentaje declarado del 12´984%, tal como consta en la declaración tributaria realizada el 28-3-1990.
Practicadas por la Corporación demandada dos liquidaciones por el citado tributo, el recurrente las impugna por diversas razones jurídicas, que deberán ser...
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