STSJ Andalucía , 17 de Enero de 2000

PonenteMARIA LUISA ALEJANDRE DURAN
ECLIES:TSJAND:2000:607
Número de Recurso1703/1994
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA.

(SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.

SECCIÓN PRIMERA Recursos acumulados número 814/1994 y 1703/1994 (Sección Tercera)

SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente Don Santiago Martínez Vares García Ilmos. Sres. Magistrados Don Francisco José Gutiérrez del Manzano Doña María Luisa Aleiandre Durán En la ciudad de Sevilla, a diecisiete de enero de dos mil. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto los recursos acumulados número 814/1994 y 1703/1994 (Sección Tercera), interpuestos por la entidad ALCAIDESA COSTAIN AGROMÁN, S.A. lueán denominada ALCAIDESA HOLDING, S.A. representada por el Procurador Dª. Julia Calderón Seguro y defendida por Letrado, contra resoluciones del AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE (Cádiz), representado y defendido por el Letrado D. Miguel Pacheco Ocaña. La cuantía del recurso ha sido fijada en 2.185.157 pesetas. Es Ponente la Ilma. Sra. Dª. María Luisa Aleiandre Durán.

ANTECEDENTES
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 11 de abril de 1994 contra liquidaciones giradas por dicho Ayuntamiento en concepto de Impuesto sobre Actividades Económicas.

SEGUNDO

En la demanda, la parte actora solicitó de la Sala se dicte sentencia anulando la resolución impugnada, con los demás pronunciamientos de constancia.

TERCERO

En su contestación, la parte demandada solicitó se dicte sentencia desestimando íntegramente el recurso interpuesto.

CUARTO

Las partes formularon las conclusiones que determina el artículo 78 L.J.C.A ., evacuando dicho trámite mediante los correspondientes escritos, en los que ratificaron sus pretensiones.

QUINTO

Señalado el día 10 de enero de 2000 para la votación y Fallo del presente recurso, ha tenido efecto en el designado, habiéndose observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se debate en este proceso, la conformidad a Derecho de la Resolución del Ayuntamiento de San Roque de 27 de enero de 1994 por la que se desestima el recurso de reposición contra liquidación n° 285 modificada del Impuesto de Actividades Económicas ejercicio 1992 y Resolución de 14 de junio de 1994 que estimando parcialmente el recurso de reposición contra la providencia de apremio de la liquidación del I.A.E. ejercicio 1993 reduce su cuantía a 2.221.157 pesetas.

SEGUNDO

La cuestión objeto de debate consiste en determinar si la extensión que ocupa el Campo de Golf donde se ejerce la actividad objeto de tributación (42.166 m2) debe computarse como elemento superficie para obtener las cuotas mínimas fijadas en las tarifas. La Ley 21/1993 ha zanjado la cuestión al introducir en la Regla 14ª del Real Decreto Legislativo...

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