STSJ Comunidad de Madrid 930/2008, 20 de Junio de 2008
Ponente | ALFONSO SABAN GODOY |
ECLI | ES:TSJM:2008:13568 |
Número de Recurso | 3039/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 930/2008 |
Fecha de Resolución | 20 de Junio de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4
MADRID
SENTENCIA: 00930/2008
Proc. Sra. Martín Rico
A del E.
Ltdo. CAM
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección 4ª
RECURSO Nº 3039 de 2003
PONENTE SR. Alfonso Sabán Godoy
S E N T E N C I A Nº 930/2008
Presidente Ilmo. Sr.
D. Alfonso Sabán Godoy
Magistrados Ilmos. Sres.
D. Carlos Vieites Pérez
Dª Mª Rosario Ornosa Fernández
D. Gervasio Martín Martín.
Dª. Fátima de la Cruz Mera
En Madrid a veinte de junio de dos mil ocho.
Visto por la Sala del margen el recurso nº 3039/03 interpuesto por la Entidad GAS NATURAL SDG S.A representada por la Proc. Sra. Martín Rico contra la resolución del TEAR de Medir que anulo en pare la liquidación que por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por su Abogacía y como codemandado la Comunidad Autónoma de Madrid representada por sus servicios jurídicos.
La cuantía del recurso es superior a 150.000 euros.
ANTECEDENTES DE HECHO
Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
La representación procesal de la parte demandada y codemandada contestaron a la demanda mediante escritos en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron aplicables, terminaron pidiendo la desestimación del presente recurso.
Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas, con el resultado que obra en autos.
Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 19 de junio de 2008 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el/la Magistrado/a Ilmo/a Sr./a. D./Dª. Alfonso Sabán Godoy
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
Constituye el objeto del presente recurso contencioso administrativo interpuesto por GAS NATURAL SA contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de 16 de julio de 2003 que estimó la reclamación económico administrativa formulada por el Director General de Tributos de la CAM contra la resolución del TEAR de Madrid que anuló en parte la liquidación que por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados practicó la CAM a consecuencia del acta de inspección que obra en las actuaciones, así como contra la sanción impuesta por la anterior liquidación.
La cuestión litigiosa se centra en determinar cuál es el valor real de las concesiones administrativas y en concreto, la interpretación a otorgar al art. 13.3 del RDL 1/1.993 que establece lo siguiente:
"Como norma general, para determinar la base imponible, el valor real del derecho originado por la concesión se fijará por la aplicación de la regla o reglas que, en atención a la naturaleza de las obligaciones impuestas al concesionario, resulten...
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